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Hacienda adaptará los impuestos por venta de vivienda al valor de mercado para evitar pleitos

Foto: KIKE TABERNER
1/09/2017 - 

VALÈNCIA. La Conselleria de Hacienda parece decidida a evitar nuevos disgustos en forma de sentencias condenatorias por impuestos ligados a la transmisión de viviendas. Por ese motivo, el departamento que dirige Vicent Soler ha iniciado los trámites para acompasar el cálculo de la factura fiscal del impuesto de transmisiones patrimoniales y el de Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como los de sucesiones y donaciones, al valor de real de mercado del inmueble en lugar de al catastral.

Ello llevará en muchos casos a reducir la cantidad a pagar por parte de los contribuyentes afectados, ya que el desplome de precios asociado a la crisis del ladrillo ha provocado que los importes de las transacciones inmobiliarias fuera en ocasiones inferior al valor catastral del bien.

Con esta medida, el Consell pretende evitar litigios como los que ha tenido que afrontar en el pasado reciente como consecuencia de una decisión adoptada por el Consell del PP que le generó más de 18.000 reclamaciones de contribuyentes que exigían la devolución de 72 millones de euros.

De hecho, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) llegó a dictar una sentencia en la que consideraba inadecuado el método de valoración de bienes como viviendas, garajes o trasteros aprobado por la Generalitat en 2013. En la anterior legislatura, la Conselleria de Hacienda envió miles de cartas a contribuyentes reclamándoles el pago de una cantidad adicional tras recalcular las liquidaciones practicadas en base al valor catastral, lo que provocó una cascada de reclamaciones en contra. Tras la sentencia, los actuales responsables de la Conselleria dejaron de solicitar a los contribuyentes las cantidades extra.

La Conselleria de Vicent Soler reconoce que adopta esta medida en vista de la "controversia entre las resoluciones de las salas de lo contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia", sin que exista hasta la fecha "jurisprudencia aplicable” sobre la idoneidad del método aplicable para determinar el valor real de los inmuebles a efectos impositivos.

La orden que regula los coeficientes aplicables al valor catastral para el cálculo de estos impuestos en 2017, que acaba de salir a exposición pública, también fija las reglas para la aplicación de estos coeficientes.

Dos años de datos del catastro

Para ello, la Conselleria ha extraído una serie de muestras sobre la la información suministrada por el catastro para determinar los nuevos coeficientes. Estos coeficientes "de relación al mercado (RM)" se han calculado sobre los valores declarados en escrituras públicas de transmisiones de bienes inmuebles de naturaleza urbana, tanto de uso residencial, como de uso aparcamiento y almacén o trastero, entre noviembre de 2014 y noviembre de 2016 y remitidos por notarios y registradores de la propiedad o declaradas por los titulares catastrales.

Sobre ello, aunque la Conselleria subraya que la evolución de precios ha sido "bastante moderada", aplicado un coeficiente para tener en cuenta la posible revalorización (0,97 % anual para los municipios de Alicante, 1,36 % anual para los municipios de Castellón y de 1,57 % anual para los municipios de Valencia”. Además, Hacienda explica que como novedad para 2017, en aras de una "mayor individualización" del valor, en la determinación de los coeficientes se amplía de dos a dieciséis el número de municipios con coeficiente de distrito.

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