VALENCIA. La dirección general de Industria, que tiene las competencias sobre las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) de la Comunitat, revisará la estructura societaria de la firma ITV de Levante, gestora de tres estaciones, en busca de incompatibilidades camufladas en el uso de "empresas pantalla".
Tal y como publicó Valencia Plaza este viernes, la mercantil que explota desde 1998 las ITV de Campanar, San Antonio de Benagéber y Massalfassar está vinculada con el grupo Transvia, cuya actividad principal es el transporte de viajeros por carretera. La empresa, uno de cuyos directivos está siendo investigado por cohecho junto al ex vicealcalde de Valencia, utiliza una de esas estaciones para realizar la revisión técnica de sus autobuses, algo prohibido por la normativa autonómica, que entre otras incompatibilidades impide que empresas con intereses en el sector del transporte puedan al mismo tiempo gestionar alguna ITV.
"Vamos a requerir a las empresas que demuestren que no existen empresas pantalla para burlar las incompatibilidades", manifestó a este periódico un portavoz de la Conselleria de Economía Sostenible.
La propiedad de ITV de Levante es compartida al 50% entre Atisae y Tenedora de Acciones de ITV de Levante SL. Uno de los socios de esta mercantil, la firma Garona River SL, está participada al 88% por la mercantil IBE 97 SL, empresa presidida por José María Catalán Lorente, y entre cuyos consejeros se encuentra Urbano Catalán, el empresario al que un juzgado de Valencia investiga por presunto cohecho en un contrato con el Ayuntamiento de Valencia.
"Verificaremos que no existen subfirmas que actúen como pantalla para sortear incompatibilidades. Si detectamos esta práctica, actuaremos en consecuencia sobre las concesiones", aseguraron desde la Conselleria. "La Conselleria dispone de certificados de empresas que dicen que no incurren en incompatibilidades, pero se va a revisar todo, reiteró el portavoz de Economía.
Entre las obligaciones para los adjudicatarios recogidas en los pliegos por los que se otorgaron las concesiones está la de "respetar por parte del concesionario, sus socios, directivos, administradores y empleados, así como en su caso, sus respectivos parientes y familiares el régimen de incompatibilidades establecido en la normativa vigente".
El decreto en vigor en el momento de la adjudicación, posteriormente modificado con un régimen de incompatibilidades más riguroso, establecía que los adjudicatarios de la gestión de las ITV "no podrán tener participación alguna en actividades de transporte por carretera, comercio de vehículos automóviles, compañías o mutuas aseguradoras en el ámbito de la automoción u organizaciones involucradas en el diseño, fabricación, suministro, instalación o uso de los vehículos que van a ser objeto de inspección".
En caso de incompatibilidad, esta debía ser comunicada a a la administración con el fin de que ésta adoptase "las medidas oportunas, entre las que podrá figurar la prohibición de que los vehículos relacionados con dicha actividad pudieran ser inspeccionados en la Estación afectada".
Los pliegos también prevén como posibles causas de extinción de los contratos de concesión el incumplimiento de lo dispuesto en el pliego o de la normativa aplicable "siempre que del mismo se derive un perjuicio grave para el servicio".
Los vehículos que inspecciona en la estación en la que participa son utilizados para prestar el servicio de decenas de contratos con administraciones o empresas privadas de los que disfruta, entre otros el del varias líneas de transporte escolar.