VALÈNCIA (EFE). El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) confirmó este miércoles una multa de 31,7 millones impuesta por la Comisión Europea a la entidad financiera HSBC por su participación en un acuerdo con otros bancos para manipular productos derivados de tipos de interés de referencia como el euríbor.
El tribunal con sede en Luxemburgo desestima en su sentencia -sobre la que cabe recurso- los argumentos presentados por la entidad contra la sanción, entre ellos el que defendía que el Ejecutivo comunitario impuso la multa fuera de plazo.
El caso se remonta a diciembre de 2016, cuando la Comisión Europea anunció multas con un valor conjunto de 485 millones de euros para HSBC, Crédit Agricole y JPMorgan por llegar a acuerdos ilegales para manipular los tipos de referencia como el euríbor, utilizado en la mayoría de los contratos hipotecarios.
Sin embargo, HSBC recurrió su sanción de 33,6 millones ante la Justicia europea pero los jueces comunitarios dieron la razón al banco en dos ocasiones y anularon la multa por falta de motivación en la argumentación de la Comisión Europea.
Esta institución actualizó su decisión en junio de 2021 e impuso multas por el mismo caso a HSBC Holdings, HSBC Bank y HSBC France, ahora llamado HSBC Continental Europe, por valor de 31,7 millones de euros.
HSBC recurrió también esta segunda sanción, pero el Tribunal General de la UE ha avalado en esta ocasión los argumentos de los servicios comunitarios de Competencia.
Los derivados de tipos de interés son productos financieros utilizados por bancos o empresas para gestionar el riesgo de fluctuaciones en los tipos de interés o para especular.
Su valor deriva del nivel de un tipo de interés de referencia, como el tipo de interés interbancario ofrecido en euros que determina el coste que pagan ciudadanos y empresas por un crédito o hipoteca (euríbor) o la tasa media interbancaria a un día de la zona del euro (eonia).