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"la suma de puntos por esta vía tiene topes máximos "

La Audiencia Nacional da la razón a À Punt en el baremo de las bolsas de trabajo

31/07/2019 - 

VALÈNCIA (EP). La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por la Unió de Periodistes Valencians y la Asociación de la Prensa de Alicante contra el baremo de las bolsas de trabajo de À Punt al entender que "la proporción de puntos y la configuración de los puestos no impide que personas que no sean ex trabajadores (de RTVV) accedan a la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació (SAMC, la sociedad que gestiona À Punt)".

Así se expone en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que la sala sí admite que existen "diferencias para acceder a la bolsa de empleo temporal entre los ex trabajadores de RTVV y los que no ha sido extrabajadores de RTVV en lo que se refiere a la experiencia profesional que pueden parecer desproporcionadas". No obstante, la sentencia también considera que "la suma de puntos por esta vía tiene topes máximos que impide que pueda llegar a tener una ponderación mayoritaria".

Así, se considera que pese a que el baremo "da una ventaja a quienes pueden beneficiarse de esta valoración de méritos, esta valoración de la experiencia, no excluye por entero de la competición a quienes carecen de la misma, pese a que se les imponga a los aspirantes que no hubiera prestado servicios en la antigua RTVV, para situarse a igual nivel de puntuación que los ex trabajadores de RTVV, una mayor puntuación en el resto de los méritos de la
convocatoria".

En este sentido, la sentencia cree que esta circunstancia no significa "el establecimiento de un obstáculo que impida el acceso al sector público valenciano de quienes no prestaron servicios anteriormente en la antigua RTVV". De hecho, la Sala considera que "es cierto que de los profesionales
de la SAMC que realizan funciones periodísticas en las diferentes categorías, la mayoría de periodistas provienen de RTVV, ya que de un tota del 100% de contratos, el 71,17% son ex RTVV y el 28,83% no ex RTVV".

Sin embargo, mantienen que "este dato no es relevante porque habría que tener en cuenta otros parámetros, tales como el número de trabajadores presentados provenientes y no provenientes de RTVV, así como la puntuación de cada uno de ellos asignada a cada uno de los méritos".

La Unió: "Aceptamos la sentencia, no la compartimos"

Una de las dos asociaciones que interpuso el recurso, la Unió de Periodistes Valencians, se ha pronunciado en Twitter al respecto: "Aceptamos la sentencia, no la compartimos. Hemos cumplido el mandato de la asamblea de nuestros socios y la Audiencia Nacional nos reconoce como entidad representativa de la profesión en el ámbito procesal".

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