VALÈNCIA. Con el horizonte de las elecciones autonómicas de mayo de 2023 asomando y el contexto actual de inflación disparada que vaticina una crisis económica profunda, PP y PSOE compiten por poner sobre la mesa reformas fiscales que alivien los bolsillos de los ciudadanos para los que gobiernan. Y, ya de paso, lograr captar votantes.
Los populares tratan de tomar ventaja con medidas concretas, tal y como marca la estrategia diseñada por Génova, como la del presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, que ha prometido bonificar el 100% el Impuesto sobre Patrimonio en su autonomía, o el murciano Fernando López Miras, que ha hecho lo propio y ha anunciado la deflactación de la tarifa del IRPF.
En la Comunitat Valenciana, el líder del PP, Carlos Mazón. también sigue la misma estela estos días lanzando propuestas desde la oposición, lo que ha motivado la reacción de los socialistas para no quedarse atrás. De hecho, el presidente de la Generalitat, Ximo Puig, anunció en septiembre que el Consell preparaba una reforma fiscal, si bien a día de hoy todavía no se conocen los detalles y se espera que se desgranen en el Debate de Política General.
Todo apunta a que esta rebaja afectará principalmente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para las rentas más bajas, pues ni Compromís ni Unides Podem dejarán cambios sustanciales en otros gravámenes. Sin embargo, la ofensiva de la derecha ha puesto contra las cuerdas al jefe del Consell: afean que el Ejecutivo de Puig sea el que mantiene unos tipos impositivos más elevados en casos como Patrimonio y Transmisiones Patrimoniales, el que se paga al comprar un inmueble.
En el caso de este último, de hecho, la valenciana es una de las autonomías que cuenta con un Impuesto de Transmisiones Patrimoniales más alto de toda España, con un 10%, mientras hasta en siete comunidades autónomas el gravamen del tipo general es más bajo. La Comunidad de Madrid lo fija en un 6%; Canarias en un 6,5%, Andalucía y La Rioja en un 7%; Murcia en un 8%; y Galicia y Castilla-La Mancha, en un 9%.
A partir de estas, el resto de autonomías tienen un Impuesto de Patrimonio que oscila entre un 8% y un 11,5% en función del tipo de propiedad que se esté adquiriendo -si es una vivienda, garaje, suelo rústico...- o bien aplican un porcentaje más bajo a lo que es el precio del inmueble si este no supera una determinada cuantía y más elevado si sí lo hace.
Así, por ejemplo, en Asturias y Aragón los tipos oscilan entre el 8% y el 10%; en Extremadura la horquilla se amplía del 8 al 11%; en Illes Balears desde el 8% hasta el 11,5 %, con carácter general, y del 8 % al 9 % en las plazas de garaje; en Cataluña va del 10% al 11%; Cantabria lo mantiene en un 10% como hace la Comunidad Valenciana; y Castilla y León aplica un tipo del 8 % exclusivamente sobre el tramo del valor real del inmueble que no supere determinada cuantía, tributando el resto del valor real al 10 %.
De esta manera, la valenciana se encuentra entre las comunidades autónomas donde se paga un mayor porcentaje de impuesto de Transmisiones por adquirir un inmueble, dado que aunque existen otras autonomías donde el gravamen alcanza el 11%, lo que es cierto es que en ese caso la mayoría de comunidades mantienen horquillas en el tipo general que permiten bajar hasta los 8 puntos.
En la Comunidad Valenciana también es posible pagar un 8% de Impuesto de Transmisiones, pero tan solo en casos excepcionales, como por ejemplo si se trata de la adquisición de una vivienda de protección oficial (VPO), siempre y cuando eso sí vayan a constituir el domicilio habitual del comprador. También pueden beneficiarse del tipo especial los menores de 35 años, siempre que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del IRPF correspondiente al año anterior no supere los 25.000 euros en tributación individual o los 40.000 euros en caso de tributación conjunta.
Además, la Generalitat también mantiene el gravamen al 8% si el adquiriente es un joven menor de 35 años empresario o una sociedad mercantil participada directamente en su integridad por jóvenes menores de 35 años. En ese caso, es obligatorio que mantengan el domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana durante al menos tres años, la cifra de negocio no puede superar los 10 millones de euros, que los inmuebles "se afecten a la actividad empresarial o profesional del adquirente, como sede del domicilio fiscal o centro de trabajo de la empresa", y que durante tres años no realice operaciones societarias que de alguna manera puedan dar lugar a una minoración del valor de adquisición, no transmita los inmuebles y no desvincule los inmuebles de la actividad empresarial.
La Comunidad Valenciana también contempla un tipo especial de Impuesto de Transmisiones del 4% en caso de que la propiedad vaya a constituir la vivienda de mujeres víctimas de violencia de género, que se trate de una transmisión de una VPO en régimen especial, o que la vivienda sea el domicilio habitual de una familia numerosa y familia monoparental. En este caso, eso sí, se fijarían unos límites de ingresos: que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del IRPF del ejercicio anterior a la compra respecto al adquiriente y demás personas que habitan en la vivienda, incluidos cónyuge, descendientes y ascendientes, no supere los 45.000 euros.
La Generalitat también reserva el tipo al 4% a aquellas personas que tengan una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, y para los que tengan un grado igual o superior al 33%, únicamente por la parte del bien que él adquiera. El último caso en el que uno se puede beneficiar de esta rebaja es que se compre un inmueble situado en una zona declarada como área industrial avanzada siempre que los ayuntamientos a los que pertenezcan dichas áreas hayan aprobado previamente una bonificación del 50% del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
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