La dirección de CaixaBank y los sindicatos llegan a un acuerdo para el ERE

8/05/2019 - 

MADRID (EP). La dirección de CaixaBank ha llegado a un acuerdo con los sindicatos sobre el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que acometerá la entidad en el marco de su Plan Estratégico 2019-2021, que finalmente afectará a un máximo de 2.023 salidas voluntarias. El criterio de afectación será el de adscripción voluntaria. Para los trabajadores del colectivo A (nacidos en 1965 y años anteriores) se ha pactado una indemnización bruta equivalente al 57% del salario regulador hasta los 63 años, que podrá ser percibida en un único pago o de manera fraccionada.

Los trabajadores que opten por la indemnización en forma de renta recibirán 18.000 euros brutos adicionales (nacidos en 1962 o antes), de 23.000 euros (nacidos en 1963) o de 28.000 euros (nacidos en 1964 y 1965). Además, este colectivo contará con un convenio especial con la Seguridad Social hasta los 63 años de edad y aportaciones a un plan de pensiones de empleo de CaixaBank hasta los 63 años. Hasta dicha edad podrán seguir disfrutando de la póliza sanitaria colectiva de los empleados del banco como hasta ahora y después tendrán la posibilidad de solicitar, a su cargo, su inclusión en la póliza de beneficiarios.

Por su parte, los trabajadores nacidos en 1966 y 1967 (colectivo B) que se adhieran a la extinción indemnizada percibirán una indemnización del 57% del salario regulador, a la que se sumarán 38.000 euros brutos si deciden percibirla fraccionada. Este colectivo también contará con un convenio especial con la seguridad social hasta los 63 años y podrá solicitar su inclusión, a su cargo, en la póliza sanitaria que corresponda en condiciones de beneficiario sin condicionantes de acceso.

Para el resto de trabajadores (colectivo C, nacidos en 1968 y posteriores) la indemnización bruta será la equivalente a 45 días de salario regulador por año de trabajo, con un tope de 42 mensualidades y un mínimo de 36. También podrán solicitar su inclusión, a su cargo, en la póliza sanitaria correspondiente en condiciones de beneficiario. Dentro de este grupo, los nacidos entre 1968 y 1970 podrán optar por percibir la indemnización en un único pago o en abonos mensuales durante ocho años. En este último supuesto se añadirá una indemnización adicional de 13.000 euros brutos para aquellos con antigüedad menor a 10 años y de 23.000 euros a los que cuenten con una antigüedad mayor.

El periodo de adhesión a la medida de extinción prevista se abrirá dentro de 30 días naturales y permanecerá abierto durante un plazo no inferior a siete días. Los empleados con discapacidad recibirán una indemnización mayor a la estipulada. La entidad contestará a todas las solicitudes en el plazo de 20 días naturales desde el fin del periodo de adhesión y será ella quien determine la fecha concreta de extinción del contrato de trabajo de cada empleado afectado, en todo caso dentro del periodo comprendido entre la firma del acuerdo y el 31 de diciembre de 2020.


El acuerdo firmado también amplía el número máximo de oficinas previsto en 340 oficinas 'Store' y 70 'Business Bank' adicional al cupo actual de 290 oficinas. Además, el cupo de oficinas 'Store' podrá ampliarse en 50 oficinas si se acreditan razones comerciales de las que se deberá informar en el comisión de seguimiento. Para preservar la voluntariedad en el acceso o permanencia en el horario singular, la dirección se ha comprometido a garantizar que el número de oficinas 'Store' y 'Business Bank' en horario singular no supere el 50% del total de oficinas de la provincia o que como mínimo haya 200 oficinas retail en horario general en la provincia.

Asimismo, con el objeto de garantizar la voluntariedad al acceso al horario singular establecido, el personal adscrito a una oficina que pase a ser considerada como 'Store' o 'Business Bank' con horario laboral singular que no solicite voluntariamente su adscripción a la misma o que, de hacerlo, no sea seleccionada, será reubicada en un centro de trabajo con horario general. En el pacto inTouch, el número máximo de trabajadores será de 2.000 gestores.

Oficinas de un empleado

Respecto a las oficinas S1 (de un solo empleado), estas no podrán superar las 300 sucursales y podrán tener horario de atención al público reducido o incluso cerrar algunos periodos de tiempo. Además, se ha creado una nueva tipología denominada S2 (dos empleados en ámbito rural), cuyo cupo máximo será de 450 oficinas.

En cuanto a horarios, será hasta las 14.30 horas de lunes a viernes y el horario de tarde de los jueves se reduce a dos horas, hasta las 18.30, retirándose la medida de apertura de las tardes los martes y de cien tardes para los gestores comerciales.


El acuerdo también elimina la obligatoriedad de la función de subdirectores/segundos responsables en las oficinas de ámbito rural de tres o menos empleados. No obstante, los que actualmente desempeñen estas funciones en dichas oficinas mantendrán su cargo como garantía personal transitoria mientras mantengan la función. Las movilidades estarán acotadas hasta 75 kilómetros y se dará prioridad a las voluntarias con mayores primas. Así, solo podrán generar movilidad las extinciones producidas en plazas deficitarias.

Las primas por movilidad voluntaria se han fijado en 4.500 euros más 125 euros por 36 meses entre 26 y 50 kilómetros y en 4.500 euros más 357 euros por 36 meses entre 51 y 75 kilómetros. De su lado, las movilidades forzosas entre 26 y 50 kilómetros tendrán una indemnización de 7.200 euros más 200 euros por 36 meses y de 16.200 euros y 450 euros por 36 meses entre 51 y 75 kilómetro.

CC OO no firma el acuerdo

La Plataforma Unión Sindical CaixaBank, instrumentada por siete de las ocho organizaciones presentes en el banco, ha calificado su trabajo negociador de "rotundo éxito", ya que desde el ERE inicialmente previsto, que contemplaba 2.157 movilidades forzosas, al acuerdo finalmente alcanzado, la diferencia "ha sido sideral". El acuerdo ha sido suscrito por las secciones sindicales de SECB, UGT, SIB, FEC y CIC, que ostentan en su conjunto el 58,5% de la representación de miembros de comités de empresa y delegados de personal en el ámbito de afectación del despido.

Por su parte, CC.OO., con el 40,58% de representación, no ha firmado el documento, ya que "ha mantenido desde un primer momento que no aceptaría ni extinciones forzosas ni movilidad geográfica forzosa. CC.OO. ha decidido no firmar un acuerdo en que la plantilla no gana absolutamente nada y que implica pérdida de promoción (eliminando la figura de la subdirección), pérdida de expectativas, dificultades para mantener el horario general, quedarse como único empleado en una oficina, un traslado lejos de sus familias, etc.", ha indicado en un comunicado.

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