VALÈNCIA. (EFE) La Abogacía de la Generalitat ha remitido un escrito a la sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia en el que advierte que en la sentencia sobre las piezas 2 y 3 del conocido como caso Cooperación, que se conoció el pasado mes de abril, se "omitió el pronunciamiento sobre la responsabilidad civil" del exconseller Rafael Blasco y de su colaborador y ex alto cargo Marc Llinares.
En un escrito al que ha tenido acceso EFE, la Abogacía considera que la Audiencia debería haberse pronunciado sobre las cantidades reclamadas de forma conjunta y solidaria a estos y otros condenados, que ascienden a más de cinco millones de euros.
La Audiencia de Valencia condenó el pasado mes de abril a un año de prisión al exconseller Rafael Blasco por el desvío de cerca de 5 millones de euros inicialmente destinados a once proyectos en países empobrecidos, entre ellos la construcción de un hospital en Haití por el sismo de 2010, en las piezas 2 y 3 del caso Cooperación.
Asimismo, el empresario César Augusto Tauroni, condenado al igual que el exconseller en la primera pieza, fue condenado a dos años de prisión.
Ambas penas fueron inferiores a las pactadas entre los acusados y la Fiscalía Anticorrupción en el transcurso del juicio, que quedó visto para sentencia nueve meses antes, y en el que el fiscal Jesús Carrasco redujo su petición inicial de penas de cárcel de 16 y 22 años de cárcel, para Blasco y Tauroni, respectivamente, a tres años y medio en ambos casos.
Blasco reconoció haber cometido los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y falsedad en la trama de altos cargos de la Administración y empresarios que desviaron cinco millones de euros públicos destinados a proyectos solidarios, y aportó además dos bienes inmuebles tasados en unos 800.000 euros con los que resarcir su responsabilidad civil.
La Abogacía de la Generalitat recuerda ahora que las alusiones que se hacen en la sentencia a un proceso contra Blasco y Llinares abierto en el Tribunal de Cuentas se refiere a la pieza 1 de este caso, ya juzgada, y se insiste en que "no existe procedimiento abierto alguno en relación a las subvenciones objeto de las piezas 2 y 3" recientemente enjuiciadas.
Además de no hacer referencia a "ningún procedimiento abierto en el Tribunal de Cuentas en relación al objeto del presente pleito", el fallo sobre el que se pregunta ahora "tampoco determina responsabilidad económica alguna ni de Blasco ni de Llinares, ni notifica traslado alguno de las actuaciones penales a la sede del Tribunal de Cuentas a los efectos de la cuantificación de dichas responsabilidades contables", lamenta la Abogacía de la Generalitat.
Se acompaña el escrito con el detalle de las subvenciones aprobadas por la Conselleria que dirigía Rafael Blasco entre 2009 y 2011, un total de 5,6 millones de euros, de los cuales únicamente el 10,3 % fue transferida a los países de destino de dichas intervenciones solidarias.
La Abogacía razona en su escrito que, incluso contabilizando un 8 % de gastos indirectos de gestión de los proyectos, la cantidad supuestamente desviada se mantiene en cualquier caso por encima de los cinco millones de euros, y que esta estimación se detalló en su escrito de acusación, "sin ocasionar indefensión alguna a los acusados, cuyos representantes las han conocido desde la presentación misma del escrito de acusación y las han podido discutir".
En consecuencia, se suplica a la citada sala de la Audiencia Provincial que admita el escrito y emita un complemento o aclaración a la sentencia, a fin de determinar la responsabilidad civil de dos de los principales responsables de esta trama corrupta que desvió fondos públicos destinados a proyectos de cooperación internacional.