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los peritos económicos de 'alquería' discrepan sobre la aplicación completa del ebep

La Intervención del Estado sostiene que los contratos en Divalterra vulneraron la legalidad 

Foto: KIKE TABERNER
11/11/2022 - 

VALÈNCIA. La sesión de este viernes del caso Alquería se ha dedicado íntegramente a periciales de la causa, centrada en los siete contratos presuntamente irregulares de altos directivos entre 2015 y 2018 en la empresa pública Divalterra. La interventora general del Estado que ha comparecido –con 35 años de experiencia en auditorías– ha remarcado que las contrataciones vulneraron la legalidad en diversos aspectos, como la ley de Contratos o el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). En su opinión, ambas normas eran de aplicación obligatoria y establecen cuestiones como el cumplimiento de la igualdad, el mérito y la capacidad. 

"Divalterra es una empresa pública sometida al ordenamiento público y a los principios de eficacia, eficiencia, estabilidad presupuestaria, transparencia y al principio de legalidad. En las contrataciones se incumplió la igualdad porque nadie más podía optar. Y, sobre todo, el mérito y la capacidad porque las funciones de los altos directivos no estaban motivadas y difícilmente podíamos comprobar los requisitos que habían de tener para ocupar esos cargos", ha explicado. "No me cabe en la cabeza que en una empresa pública no se diga por qué se va a cubrir un puesto de trabajo", ha añadido. 

En su opinión, no se podían realizar nuevas contrataciones en 2015 porque la ley en este sentido "era clara". Existía una salvedad que era para cubrir necesidades excepcionales y en el caso de Divalterra, ha dicho, no se cumplía. "Si hubieran sido contratos sujetos a la legislación laboral, se hubiera tenido que abrir un proceso de selección, publicarse el anuncio... con la figura de la alta dirección se intentó dar una apariencia de legalidad a esas contrataciones. Se utilizó para darles un puesto de trabajo a unos señores", ha afirmado. 

La interventora ha hecho hincapié en que los contratados en esta modalidad no tenían competencias en materia de personal, financiera ni para representar a la sociedad frente a terceros. Por ello, y aunque no ha cuestionado que acudieran a su puesto de trabajo, sí ha apuntado que no había evidencia de que los acusados hubieran realizado funciones de alta dirección en Divalterra. Debido a todos estos motivos, considera que "hubo una utilización ineficaz de los recursos públicos porque tenían que destinarse a satisfacer necesidades de los ciudadanos". 

Discrepancias

En el interrogatorio, sin embargo, los otros dos peritos, autores de otro informe elaborado desde el Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (Cosital), han discrepado de estas consideraciones. Así, han manifestado que las contrataciones bajo sospecha no estaban sometidas la ley de Contratos ni a una parte del EBEP. Aun así, han reconocido que aquellos entes a los que no resulta de aplicación la segunda parte del Estatuto del Empleado Público, sí tienen que cumplir con los principios de igualdad, mérito y capacidad. 

Otro de los puntos de desacuerdo ha sido el relativo al Consejo de Dirección de la empresa. Los investigadores de Alquería sostienen que éste fue, en realidad, una "estructura de gobierno paralela a la auténtica voluntad del Consejo de Administración" de Divalterra y formada tan solo por los consejeros de PSPV y Compromís a través de la cual se habrían decidido las contrataciones. Todos los acusados lo han negado y, en la sesión de hoy, la interventora del Estado ha afirmado que era un organismo que no se contempla en los estatutos de la empresa y, por tanto, irregular. Por contra, los peritos de Cosital han valorado lo contrario. "Ese consejo de dirección no adopta ningún acuerdo. Además, en las sociedades publicas existen órganos de coordinación no formalizados, sin convocatoria ni actas", han dicho. 

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