VALÈNCIA. (EP) La jueza que instruye el caso 'Plus Ultra' ha rechazado archivar de momento la causa que investiga las presuntas irregularidades en la concesión de la ayuda pública de 53 millones de euros a esta compañía aérea tal y como pedía Fiscalía y Abogacía del Estado. De hecho, ha acordado una nueva diligencia para el 18 de enero consistente en un careo entre los peritos firmantes del informe pericial realizado a instancia del juzgado y el llevado a cabo por Deloitte y DC Advisory 2020 aportado por la compañía.
La providencia con fecha de 11 de noviembre de la titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid, a la que ha tenido acceso Europa Press, se conoce después de que este mismo jueves se hiciera público que la Abogacía del Estado había pedido el sobreseimiento y archivo de la investigación "al no constar indicio alguno de la comisión de ningún hecho presuntamente delictivo".
Esta petición de los servicios jurídicos del Estado llegaba tras evaluar el último informe pericial aportado a la causa por un equipo de peritos a petición de la magistrada instructora Esperanza Collazos.
"Habiéndose presentado alegaciones en los diversos escritos que obran en autos, se señala el próximo 18 de enero de 2022 y hora de las 10 de la mañana para la celebración de Diligencia de Careo entre los Peritos firmantes del informe referido y del llevado a cabo por Deloitte y DC Advisory 2020 y que fue el aportado a la documentación por parte de Plus Ultra", dice la jueza.
Y dado que pone fecha para enero, indica que hasta que no se celebre la diligencia acordada, queda "en suspenso" lo solicitado por la Abogacía del Estado en su escrito de 28 de octubre en el que pedía determinar las personas objeto de investigación en la causa, los diversos escritos de solicitud y reiteración de práctica de pruebas pedidas por Vox, y la petición de Fiscalía de archivo de las actuaciones.
En ese escrito de 28 de octubre de Abogacía del Estado, al que ha tenido acceso Europa Press, la abogada del Estado Rosa María Seoane aseguraba que "cabe concluir que el informe pericial no aporta ningún elemento que pudiera, siquiera indiciariamente, conducir a dudar de la situación de 'empresa no en crisis' de Plus Ultra al cierre de 2019, y mucho menos indicios remotos de elemento constitutivo de tipo penal alguno".
Por su parte la Fiscalía de Madrid indicó en su informe de petición de archivo que "no existen elemento contundentes que permitan cambiar el criterio expuesto" por el Ministerio Público en sus informes anteriores. Y adoptaba esta decisión tras evaluar el último informe pericial aportado a la causa por un equipo de peritos a petición del magistrado instructor.
En el documento de 499 folios los peritos explicaron que existían "dudas más que razonables sobre cuál era la situación patrimonial de la compañía" a fecha 31 de diciembre de 2019 y, en consecuencia, "sobre el cumplimiento de las condiciones esenciales para la concesión de la ayuda pública" a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
La Abogacía insistía en que la "discrepancia técnica expuesta en el informe de los peritos judiciales" no resultaba suficiente para apreciar, "ni siquiera indiciariamente", ningún exceso por parte de la SEPI para conceder la ayuda. Y subrayaba que del informe encargado por el Juzgado "se desprende que a juicio de los peritos se cumplían todos los requisitos de elegibilidad" que exige la normativa para otorgar las ayudas a la solvencia a empresas estratégicas.
Así, defendía que la subvención de 53 millones aprobada a la aerolínea "se ajustó estrictamente al régimen jurídico". En este sentido, aseguraba que desde la SEPI "verificaron el cumplimiento de todos los requisitos de elegibilidad mediante los informes técnicos recabados en el expediente administrativo".
La Abogacía impugnó además la práctica de la pericial al considerar que "carecía de motivación alguna y no era ni necesaria ni útil" y que, a su juicio, "obedecía a una finalidad prospectiva al no obrar indicio delictivo alguno". Y acusó a los peritos judiciales de "extralimitarse".
A su juicio, los peritos se habrían excedido al tomar en consideración "de forma determinante para alcanzar sus conclusiones" información y documentación "posterior" a la actuación cuestionada. Para la Abogacía del Estado, "esta circunstancia, por sí sola, es suficiente para invalidar las conclusiones alcanzadas por el informe, basadas en información posterior a los hechos investigados".
Pero ahora, la instructora considera necesario no solo no resolver sobre la petición de archivo de la causa sino enfrentar en un careo la opinión de los distintos peritos para aclarar los puntos de disenso en las conclusiones de ambos.