VALÈNCIA. La venta de dos geriátricos realizada por Cleop el pasado mes de septiembre le ha servido para salvar una bola de partido: la que podría haberse saldado con la liquidación de la mercantil a instancias de la familia Pastor, acreedora de la enseña.
El juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia ha desestimado la petición de Vicenta Pastor, directora general de Urbem, y la mercantil Pntallax para declarar la insolvencia de la constructora de Carlos Turró en el marco del concurso de acreedores en el que se encuentra. ¿La razón? Con el dinero de la venta de los dos centros Cleop saldó sus principales deudas y revirtió la opinión de dos importantes acreedores: la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
En el auto, al que ha tenido acceso Valencia Plaza, la magistrada justifica su decisión en que el grueso de la deuda que las empresas demandantes pusieron sobre la mesa para argumentar su petición ya se ha extinguido: las cantidades de adeudaba Cleop a ambos organismos estatales.
Tanto la Agencia Tributaria como la Seguridad Social llegaron incluso a retirar su petición de llevar la constructora valenciana a liquidación tras producirse el pago por la compañía el pasado mes de septiembre a la primera -de un total de 7,6 millones de euros.
Cleop logró hacer frente a esta importante deuda tras vender a Grupo 5 Acción y Gestión Social sus acciones en Geriátrico Manacor y Novaedat Picafort, tal y como recogió este diario-. Además, Cleop abonó otra pequeña cantidad a la Seguridad Social para lograr su respaldo.
Así trascendió en la vista pública celebrada a finales de octubre en el Juzgado de lo Mercantil número 3 de València para considerar la liquidación de Cleop, una cita en la que la magistrada informó a los asistentes del desestimiento de ambos acreedores privilegiados de la sociedad, Hacienda y la Seguridad Social.
Tal circunstancia dejó sola a la familia Pastor -socios y rivales de Turró en Urbem- en la solicitud de abrir la fase de liquidación de Cleop, a la que instaron tras haber adquirido a CaixaBank unos créditos de la sociedad.
Contra el auto, que impone a las empresas solicitantes del concurso que afronten las costas procesales, cabe recurso ante la Audiencia Provincial de València.