VALÈNCIA. La nueva Ley de Contratos del Sector Público aprobada hace unas semanas en el Congreso ha abierto una nueva vía para impugnar los acuerdos de rescate de las concesiones. Se trata del recurso especial, un trámite previo al recurso contencioso-administrativo que desemboca en el ámbito judicial.
La empresa concesionaria del Hospital de Alzira, Ribera Salud, ha recurrido vía contencioso administrativo la no prórroga del la concesión del hospital, donde se da por comunicado la finalización del contrato. Con el nuevo procedimiento, antes de llegar al contencioso, se tendrá que ir por vía administrativa.
De hecho, el recurso especial es de carácter obligatorio y siempre tendrá que preceder al contencioso. Se trata de dar una garantía más frente a posibles actos irregulares de la administración. Además, una de las características es su agilidad a la hora de resolverse, ya que debe ser rápida y no alargarse en el tiempo.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer el recurso contencioso-administrativo. El recurso especial, regulado por el capítulo V de la ley, intenta evitar que posibles situaciones ilegales se consoliden porque no se ha dado una respuesta rápida al recurso.
No obstante, antes de interponer el recurso especial, las personas legitimadas pueden solicitar ante el órgano competente resolver el recurso de adopción de medidas cautelares.
Este recurso también puede ser utilizado para otras situaciones como los contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a tres millones. También los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.