VALENCIA. "Discriminatoria" y contraria a la unidad de mercado. Así ve la patronal de Valencia (CEV) la imposición de cláusulas sociales "excluyentes" para las empresas que aspiren a hacerse con contratos públicos. A juicio de la organización que preside Salvador Navarro, esas consideraciones forma parte del ámbito de la Responsabilidad Social Empresarial y, como tal, deben ser de "carácter voluntario".
La organización empresarial se pronunció en estos términos después del reciente anuncio por parte del Ayuntamiento de Valencia para incluir en los contratos públicos cláusulas sociales, lingüísticas -para garantizar el uso del valenciano en la comunicación exterior de las empresas licitadoras- y anticorrupción.
Para aclarar su postura, la patronal de Valencia subrayó que su oposición a este tipo de imposiciones "no es obstáculo" para apostar "por la máxima transparencia, por el seguimiento, control y evaluación de las relaciones que establece la administración pública y el sector privado".
Según explicó el concejal de Gobierno Interior, Sergi Campillo, cuando presentó estas medidas, estas cláusulas no puntúan en los concursos, sino que son obligatorias y se aplicarán en los nuevos contratos, no en los que están en vigor.
Entre las medidas de carácter social que deberán incorporar las firmas que opten a un concurso público se incluyen la creación de un plan de igualdad, que cuenten con el distintivo 'Igualdad de empresa' o con un 2% de trabajadores con discapacidad. Las licitadoras tampoco deberán hacer un uso sexista del lenguaje y no deberán utilizar publicidad ilícita o que atente contra la dignidad de las personas.
Otra de las cláusulas que el equipo de gobierno local ha decidido incluir es la lingüística, "al amparo de lo dispuesto en la Lleu d'Ús i Ensenyament del Valencià (LUEV) y el Reglamento municipal sobre uso y normalización del valenciano en el municipio de Valencia".
"En todas las comunicaciones entre la persona o la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento, así como en el resto de documentación que se tramite durante al ejecución del contrato, se estará a lo dispuesto en la LUEV y al Reglamento", en especial lo establecido en el artículo 17.3.
Este artículo del reglamento establece que los rótulos de la vía pública destinados a informar a los transeúntes, cuya elaboración sea competencia municipal, serán redactados preferentemente en valenciano.
Campillo dijo que las licitadoras no utilizan el valenciano e indicó que "estarán obligadas a contratar a personal que lo domine y sea capaz de aplicar esta norma". El concejal matizó que no se exigirá el cumplimiento de todos estos requisitos en todos los contratos, sino que se estudiarán de forma individualizada.