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aprueba el primer dictamen

La Unión Europea se moja con la economía colaborativa

15/12/2015 - 

VALENCIA. La economía colaborativa empieza a irrumpir en las instituciones. Ya no solo se está enfocando a nivel individual, como lo han hecho algunas comunidades autónomas con AirBnB, sino que el Comité de las Regiones Europeo ha decidido realizar algunas recomendaciones políticas  en un dictamen acerca de este fenómeno que es necesario legislar. ¿Y qué considera esta institución que es la economía colaborativa? La economía colaborativa se basa en modelos sociales, nuevos o recuperados, que tienen implicaciones comerciales, jurídicas e institucionales importantes: las prácticas sociales de compartir, colaborar y cooperar.

“Por su naturaleza innovadora y dinámica, el concepto no puede definirse de forma terminante”, apunta. De hecho, marca sus características diferenciadoras. Por un lado, apunta a que sus agentes principales no actúan de la manera que suele suponerse en los modelos económicos clásicos, lo que no significa que no puedan ser racionales y centrarse en objetivos claros. 

La reconoce como impulsora de un cambio de paradigma. “ya no es el consumidor, que desea poseer algo o comprar un servicio, sino un ciudadano, miembro de una comunidad, usuario, realizador, productor, creador, diseñador, colaborador, artesano digital o agricultor urbano que desea acceder a un servicio o activo que le resulta necesario para satisfacer determinadas necesidades”. Subraya que la economía colaborativa también parece poner en entredicho los modelos macroeconómicos tradicionales, que distinguen claramente entre productores y consumidores. 

Distingue entre cuatro modalidades de economía colaborativa: la «economía de acceso», la «economía de los trabajos ocasionales», para iniciativas basadas en trabajos esporádicos cuya transacción se hace a través del mercado digital; la «economía inter pares», iniciativas que implican a los usuarios en el diseño del proceso de producción o convierten a los clientes en una comunidad y la «economía de puesta en común» para aquellas iniciativas de propiedad o gestión colectiva.

¿Qué regular?

Según el dictamente, la economía colaborativa puede mejorar la calidad de vida, impulsar el crecimiento y reducir el impacto de las empresas en el medio ambiente. También puede generar nuevo empleo de calidad, reducir el coste e incrementar la disponibilidad y eficacia de algunos bienes y servicios o infraestructuras. Sin embargo, es importante que los servicios ofrecidos a través de la economía colaborativa no lleven a la evasión fiscal ni a la competencia desleal o constituyan una violación de las normas locales y regionales o de la legislación nacional y europea. 

Considera que es preciso garantizar el acceso libre al mercado para los nuevos participantes en él. La recogida de datos por parte de las plataformas e iniciativas de la economía colaborativa puede ocasionar «desequilibrios en el poder económico». Los datos constituyen la materia prima de la economía colaborativa, y, en la medida de lo posible, en algunos casos, deben ofrecerse en código abierto. Esto es a veces necesario para reducir los obstáculos que frenan el acceso a la economía colaborativa y permitir la evaluación de los efectos de estas iniciativas o empresas, así como para favorecer una reglamentación basada en los datos en todos los niveles de gobierno.

Según el dictamen, se debería pedir a las plataformas de la economía colaborativa que incluyan mecanismos técnicos para facilitar datos públicos y relevantes, siempre que no sean confidenciales ni estratégicos, a los entes locales y regionales.También destaca que los gobiernos nacionales y de la UE deberían respaldar a los entes locales y regionales en el desarrollo de operaciones de recogida de datos. 

 Una condición que también señalan es la gestión de la reputación y la confianza. Por este motivo, tanto una como otra deben gestionarse de forma precisa e independiente en materia de reglamentación, certificación, o arbitraje de terceros. Debería profundizarse en la cuestión de si los agentes de la economía colaborativa pueden autorregularse de forma eficaz. Las evaluaciones inter pares podrían asegurar la confianza, y la creación de órganos independientes de calificación, preferentemente inter pares, es una opción política a la que debería prestarse atención. También marcan como preciso evaluar la cobertura de seguro. "En cualquier caso, uno de los principales objetivos de esta política debería ser la «portabilidad» de los datos y de la reputación".

Subraya que los resultados de la evaluación de impacto de la economía colaborativa no son siempre positivos en términos de protección medioambiental, cohesión social, igualdad y justicia social, uso adecuado del suelo o gobernanza urbana."Debe tenerse en cuenta que las empresas con ánimo de lucro a veces utilizan de forma abusiva las plataformas de la economía colaborativa y, al mismo tiempo, no proporcionan a sus trabajadores cobertura de la seguridad social"

Una nueva clase social: la colaborativa

También destacan que en un contexto deintercambio económico cada vez más «flexible», la economía colaborativa puede tener un efecto negativo en las relaciones laborales. La Comisión, en cooperación con los Estados miembros y los entes locales y regionales, debe estudiar en detalle las condiciones de empleo y trabajo de los trabajadores de la economía colaborativa, con el fin de determinar si es necesaria una actuación reguladora en este ámbito. La economía colaborativa podría crear una nueva clase social, la colaborativa, que necesita garantías sociales y económicas.

"La Comisión y los Estados miembros deberían garantizar que a nivel europeo se aplique un enfoque coordinado a la regulación de la economía colaborativa a fin de reforzar el mercado único y permitir que las iniciativas fructíferas de este tipo se propaguen fácilmente de un país a otro", opinan. "En los demás casos, esta regulación debería seguir siendo competencia de los gobiernos nacionales, regionales o locales, en el respeto del principio de subsidiariedad".

No obstante, la intención es ir hacia una agenda de la economía colaborativa y recomienda un programa de la UE sobre la economía colaborativa basado en los siguientes pilares:

- definir un protocolo metodológico elaborado con la cooperación de una comunidad de responsables políticos, académicos, profesionales y expertos, así como de iniciativas, plataformas y empresas de economía colaborativa.

- fomentar proyectos piloto en distintas ciudades y regiones y favorecer la creación de redes de regiones y ciudades con las mejores prácticas en el ámbito de la economía colaborativa.

- propiciar el desarrollo de programas educativos en las escuelas y universidades y desarrollar campañas de comunicación (por ejemplo, Sharitaly) para aumentar la sensibilización sobre el potencial y los riesgos de la economía colaborativa.

- desarrollar un programa de certificación de las prácticas e iniciativas de economía colaborativa.

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