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vació su empresa con traspasos a otras mercantiles para no pagar a hacienda

La Audiencia condena por alzamiento de bienes al administrador de Arquitectura Urbana Alicante

24/10/2023 - 

ALICANTE. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha impuesto un año y medio de prisión y el pago de una multa de 1.000 euros al administrador de la promotora alicantina Arquitectura Urbana de Alicante SL, al considerar probado que en 2011 llevó a cabo un alzamiento de bienes en la citada promotora (mediante retiradas de efectivo y traspasos a otras mercantiles de las que también era administrador) para eludir una deuda de casi 600.000 euros con Hacienda por el impago del IVA. 

Según la sentencia, la promotora que administraba el reo vendió en 2011, en plena crisis inmobiliaria, tres fincas de naturaleza urbana a la sociedad Aliseda, fondo inmobiliario participado por el Banco Popular, por 3,67 millones de euros. Dicha transacción generó un IVA repercutido de 661.000 euros, que Aliseda también abonó al vendedor, como quedó demostrado en el juicio.

Sin embargo, Arquitectura Urbana Alicante no abonó el IVA trimestral a Hacienda, sino que solicitó un aplazamiento que le fue denegado. En diciembre de 2011 se emitió diligencia de apremio con un recargo del 20%, lo que sumado a otras deudas que mantenía previamente la promotora con Hacienda elevó el importe total reclamado hasta los 906.000 euros. Tras llevar a cabo diversos acuerdos de compensación y practicar varias diligencias de embargo (no atendidas por el afectado), la promotora fue declarada fallida en 2014.

En realidad, en junio de 2011, un mes después de que Hacienda denegase el aplazamiento del IVA, Arquitectura Urbana Alicante ya presentaba un saldo de cero euros, según los hechos probados en la sentencia. Una situación a la que se llegó después de que el condenado retirase 158.500 euros por ventanilla, y la mercantil traspasase 181.000 euros a Bares y Tertulia SL, 187.300 euros a Gesti-Arqui Proyectos y Edificios SL, y otros 93.650 euros a Invergestión del Mediterráneo SL. Las mercantiles beneficiarias de los citados traspasos también estaban administradas por el mismo empresario.

"Usar el dinero del IVA en su beneficio"

La Administración Tributaria, según la sentencia, comprobó  que prácticamente todas estas operaciones "fueron realizadas sin contraprestación ni justificación alguna, habiéndose requerido al acusado y a las sociedades vinculadas para que explicaran la motivación comercial, financiera, mercantil o contractual que pudiera justificar tales remesas y sin que se haya justificado en ningún caso el destino de los fondos retirados y traspasados". Tras las compensaciones, la deuda reclamada por Hacienda al acusado y las mercantiles implicadas ascendía a 579.000 euros.

El tribunal considera que las retiradas en efectivo realizadas por el acusado "en tan breve plazo de tiempo, ponen de manifiesto que su intención fue la de utilizar, en su propio beneficio, el dinero que percibió para el pago del IVA y eludir el cumplimiento de sus obligaciones tributarias". Por ello, la sentencia (contra la que cabe apelación) condena al empresario a un año y medio de prisión y a la citada multa, e impone asimismo multas de diversa cuantía a las mercantiles implicadas, a las que prohíbe obtener subvenciones y ayudas públicas, contratar con el sector público o gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante dos años.

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