plazos, órganos de decisión y ninguneo a gent de compromís

Las siete diferencias entre el reglamento de primarias de Compromís de 2015 y de 2019

30/01/2019 - 

VALÈNCIA. El reglamento de primarias de Compromís fue aprobado días atrás por la Ejecutiva de la coalición, paso previo a que las direcciones de las distintas patas que componen esta fuerza política -Bloc, Iniciativa y VerdsEquo- den luz verde al documento y lo dejen a falta de la ratificación de la novedosa Trobada programada para el 9 de febrero. Aunque no fue facilitado a los medios de comunicación, desde las distintas corrientes de Compromís se insistió en que el documento era prácticamente calcado o, al menos, muy similar al elaborado para 2015.

Sí y no. Es cierto que en líneas generales la coincidencia es notable: de hecho, sorprende en cierta medida que no se hayan aprovechado estos seis meses de negociaciones para mejorar en ciertos puntos la redacción o tratar de clarificarla en algunos aspectos. En cualquier caso, una vez cotejados ambos documentos a los que ha accedido este diario,  y aunque no existen apenas diferencias en cuotas o avales, sí pueden establecerse algunas diferencias entre los dos textos.

1. Demolición del Consell General. El máximo órgano de Compromís hasta ahora desaparece del mapa en el nuevo reglamento hasta el punto de que en cada párrafo en el que aparecía nombrado en 2015 (14 veces) sus funciones son sustituidas en su mayoría por la Ejecutiva Nacional. Cabe recordar que este órgano, del cual dependía la aprobación de este documento entre otras cuestiones, no se reúne desde hace más de tres años por las discrepancias internas entre las distintas patas derivadas precisamente de la aprobación del reglamento de primarias en diciembre de 2014

2. Nace la Trobada. Ante esta problemática, la principal novedad del reglamento radica en la desaparición del órgano y la convocatoria de la Trobada el 9 de febrero en la que tomarán parte los miembros de los máximos órganos de Bloc, Iniciativa y Verds-Equo y donde se procederá a la ratificación final del reglamento de primarias.

3. Ninguneo a Gent de Compromís como colectivo. Precisamente quien no solo no avanza sino que retrocede es el grupo que engoblaba a los militantes de la coalición que no pertenecen a ninguna de las tres patas oficiales. Así, en la mencionada Trobada se les permite la participar en el proceso de ratificación en un porcentaje del 4% del censo. Eso sí, los elegidos no los escogerá la corriente sino que serán "escogidos por sorteo" de los que se inscriban voluntariamente en un proceso dirigido por la Ejecutiva Nacional de Compromís. En esta línea, otro detalle que expone a las claras el paso atrás como colectivo de Gent de Compromís es que en ningún momento se les menciona por este nombre o por sus siglas, algo que sí ocurría en el pasado reglamento, por lo que ahora vuelven a referirse a ellos con el término de adheridos.

4. Estrechamiento de plazos. Una característica lógica diferencial respecto al reglamento de 2015 es el acortamiento de todos los plazos debido al retraso en el acuerdo sobre el documento. Por poner un ejemplo, se pone como duración máxima del proceso de 45 días en vez de los 80 que se daban en 2015, o el cierre del censo se produce a cuatro días de la votación en vez de los 10 que se concedían en el anterior texto. Esta es una tónica a lo largo de todo el documento, que se explica por el retraso en la aprobación.

5. Voluntad de profundizar en la paridad. Un añadido respecto al texto de 2015 se dirige a avanzar en la igualdad de reparto de puestos entre hombres y mujeres en las candidaturas locales. En este sentido, en las listas autonómicas se respeta la paridad en los dos primeros puestos y en el resto de la lista "se debe cumplir el equilibrio legal (3 a 2 en tramos de 5) no existiendo "nunca más de dos personas seguidas del mismo sexo". En este caso, respecto a los municipios de menos de 20.000 habitantes se hace un guiño a "si es posible" avanzar en la igualdad de género superando "las previsiones legales evitando la presencia de más de dos personas del mismo sexo de manera correlativa en la lista de la candidatura".

6. Incremento de la mayoría para rechazar independientes. En el artículo 23 del reglamento, se especifica que si las personas candidatas "no fueran afiliadas", la Ejecutiva Nacional "podrá rechazar su inclusión en el proceso" con una mayoría de dos tercios, cuando en el anterior reglamento bastaba con una mayoría simple.

7. Cambios en la comisión electoral. Tres de los miembros serán los secretarios de Organización de los tres partidos fundadores -esta vez tienen voz y voto- y los otros cuatro miembros serán de Bloc, Iniciativa, VerdsEquo y adheridos pero no por sorteo entre los componentes del Consell General como se hacía en 2015 sino elegidos entre los voluntarios presentados.

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