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Les Corts convalidan el decreto que permite nombrar funcionarios interinos en la Policía Local

5/06/2018 - 

VALÈNCIA. (EP). El pleno de Les Corts ha convalidado el decreto aprobado por el Consell el pasado 11 de mayo por el que se introduce una nueva disposición transitoria en la Ley de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, que contempla que, durante el año 2018, los ayuntamientos podrán nombrar personal funcionario interino en sus cuerpos de policía local, con la categoría de agente. PSPV y Compromís han votado a favor y el resto de grupos se han abstenido.

Estos nombramientos se llevarán a cabo para los supuestos de exceso o acumulación de tareas contemplados en el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la Ley 10/2010 de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.

En todo caso, los nombramientos de personal funcionario interino realizados al amparo de esta disposición transitoria no podrán tener una duración superior al 31 de diciembre de 2018.

A estos efectos, los consistorios podrán constituir bolsas de trabajo, o hacer uso, en su caso, de las que tengan válidamente constituidas en el momento de entrada en vigor de esta Ley, garantizando, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en la selección de las personas aspirantes.

Una vez efectuada la selección del personal aspirante, y previamente a su nombramiento, el ayuntamiento deberá solicitar un informe a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, adjuntando a la solicitud la documentación acreditativa de la cobertura presupuestaria de los puestos, así como del cumplimiento de todos los requisitos necesarios por parte de las personas aspirantes. La Agencia deberá emitir su informe en un plazo máximo de diez días desde la recepción de la solicitud.

Además, el personal interino no podrá llevar armas de fuego y ejercerá sus funciones en materias de policía administrativa, medio ambiente, tránsito y seguridad vial.

Asimismo, en el Decreto Ley, a través de su disposición final segunda, el Consell se compromete a tener aprobado, en el plazo de cuatro meses, la disposición reglamentaria prevista en el apartado 4 de la Disposición transitoria primera de la Ley de coordinación de policías locales, lo que implica que los ayuntamientos dispondrán ya de los instrumentos jurídicos necesarios que les permitirán efectuar las convocatorias tendentes a eliminar el empleo estructural de carácter temporal.

También se compromete a tener aprobadas las disposiciones necesarias que permitirán a los Ayuntamientos que lo deseen, tanto de forma individual como colectiva, encomendar a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias la realización de las pruebas de selección para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat.

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