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LEY DE INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTOS DE INTERESES

Los altos cargos deberán informar de su actividad laboral tres años después del cese

20/10/2016 - 

VALENCIA. La ley de incompatibilidades de altos cargos promovida por el grupo parlamentario Compromís -y que quedó aprobada este miércoles en el pleno de Les Corts con el rechazo del PP y apoyo del resto de grupos- obligará a que tres años después de cesar en el cargo, las personas afectadas por la norma informen a la Oficina de Control de Conflictos e Intereses sobre la actividad laboral que realizan. 

La proposición, que en su momento ya levantó ampollas en el seno del Consell porque existían numerosas discrepancias entre los grupos –desacuerdos que también tuvieron los socios de gobierno, PSPV y Compromís–, se ha ido suavizando tras su paso por la Comisión de Coordinación –en la que se ya se aprobaron 43 enmiendas parciales– y con las 22 modificaciones transaccionales que ayer presentaron los grupos parlamentarios.

Así, por ejemplo, esta norma cuya esencia es regular las incompatibilidades de los altos cargos –tanto durante su mandato como después de haber cesado– señala que estos no podrán suscribir contratos por sí mismos o a través de sociedades en las que tienen participación "que afecten al sector en el que desarrollan la actividad". Una cuestión que, además, tampoco podrán llevar a cabo sus familiares hasta tercer grado de consanguinidad, donde se encuentran los tíos, sobrinos y, en el cuarto, primos. 

Uno de los puntos más conflictivos de la norma residía en las incompatibilidades que se derivaban después de que los altos cargos dejaran de serlo, concretamente el artículo referido a la limitación para desarrollar su vida profesional. Así, la ley restringe que los consellers y los secretarios autonómicos presten servicios en entidades privadas –tanto si reciben retribución como si no– los tres años posteriores a haber abandonado el puesto. 

En el caso del resto de cargos como directores generales –excluyendo a los puestos de libre designación–, el límite es de dos años para poder trabajar en empresas privadas cuya actividad pueda estar relacionada con la que desempeñaban cuando se encontraban en la administración, siempre y cuando ello incurriese en conflicto de intereses.

¿Cuándo hay conflicto de intereses?

La norma considera que existe conflicto de intereses cuando la persona afectada participa en un acuerdo con entidades privadas que puedan tener relación con la actividad que ha desarrollado, pero matiza, "excepto cuando se derive de una convocatoria pública". Es decir, si un director general de Comunicación, por ejemplo, concediera contratos de publicidad a algún medio privado, debería hacerlo mediante concurso público para poder, una vez cesara en el cargo, tener opción a incorporarse en dichos medios de comunicación.

Por otra parte, la norma, que contemplaba una serie de restricciones en cuanto a compatibilidades, ha ampliado a base de enmiendas que los altos cargos puedan compaginar su labor tanto con la actividad parlamentaria como con la docencia, pero siempre que ésta última no se desarrolle más allá de 60 horas lectivas por curso ni la remuneración supere el 30% de su salario como alto cargo.  

Respecto a la declaración de bienes, la ley contempla para ello la creación de la Oficina de Control de Conflictos de Intereses, un órgano que estará adscrito a la Conselleria de Transparencia que tendrá entre sus funciones, gestionar el régimen de incompatibilidades -excluyendo al personal de libre designación- o realizar un informe anual de carácter público que garantice la transparencia en la gestión pública, pero que también respete el derecho a la protección de datos. 

Evitar las "puertas giratorias"

La diputada de Compromís, Isaura Navarro, destacó en su intervención que no era "fácil encontrar un equilibro entre regular los conflictos de intereses y garantizar el derecho al trabajo", por lo que, con esta ley se trataba de "acabar con un vacío legal y un ejercicio de regeneración democrática".

Pese a la "polémica" de la norma –según la diputada socialista, Clara Tirado–, salió adelante con 63 votos a favor y 28 en contra con el objetivo de acabar con las "puertas giratorias". Una ley que evitará que los altos cargos ocupen tras abandonar sus puestos asientos en los consejos de administración de empresas privadas "como José María Aznar, Elena Salgado o Pedro Solbes en Endesa, Felipe González en Gas Natural o Rodrigo Rato en Bankia", subrayó la diputada de Podemos, Fabiola Meco

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