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polémica administrativa

Los antiguos alumnos ganan el juicio a la Politécnica y volverán a la universidad

El TSJ ratifica el fallo en el que se decía que la institución canceló “de forma grosera” el convenio con la asociación original creada en 1992 y obliga a la institución a readmitirles

1/02/2017 - 

VALENCIA. Han conseguido que les dejen entrar de nuevo en su casa. Lo han logrado. Por segunda vez la Justicia ha fallado a favor de la Asociación de Antiguos Alumnos de la Universidad Politécnica de Valencia y ha obligado a esta institución a readmitirles con todos los honores. En estos momentos una comisión paritaria, conformada por miembros del equipo del actual rector, Francisco José Mora Mas, y componentes de la asociación, están negociando los términos de la reincorporación, según admitieron este martes desde la institución académica. Una comisión que no hace sino dar cumplimiento a una reciente sentencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

La historia se remonta al 30 de marzo de 2011, fecha en la que el entonces rector, Juan Juliá, decidió de manera unilateral rescindir el convenio con la Asociación de Antiguos Alumnos. Dicho convenio tenía una vigencia de casi 20 años, ya que había sido firmado el 2 de julio de 1992. La agrupación era de carácter privado e independiente. Cobraba entonces 39 euros anuales a cada abonado y a cambio daba sus servicios como asociación, al tiempo que gozaba de una serie de beneficios para poder llevar a cabo sus fines. Entre otras cuestiones la Politécnica debía proveerles de un local, líneas de teléfono y fax, equipamiento informático, mobiliario de oficina…; tenían acceso al uso de los servicios administrativos de la institución (material de oficina, fotocopias, correos…); y, además, debían contar con una persona del cuerpo administrativo de la institución para todas sus tareas. A cambio, ellos ofrecían servicios y asistencia de muy diferente tipo a los antiguos alumnos.

Desde la Universidad Politécnica se justificaba la decisión de cancelar el convenio en el hecho de que desde 2005 había puesta en marcha otra asociación de antiguos alumnos, el Servicio Alumni-UPV. Siempre según la entidad, se trataba de racionalizar los servicios y evitar duplicidades. Pero ya entonces los miembros de la asociación de antiguos alumnos denunciaron en sus escritos que tras este golpe de mano existía un afán de controlarles y como ejemplo se citaba el hecho de que la junta directiva de la asociación se elegía democráticamente, todos los asociados podían acceder a ella, y sus órganos de gobierno no estaban sometidos a los equipos rectorales, disponían de autonomía; pero por el contrario, en la nueva asociación de antiguos alumnos creada por Juliá el presidente lo elegía el rector.

Una vez el rector decidió cancelar la relación, dio un ultimátum a los miembros de la asociación y les ordenó desalojar el local que utilizaban gratuitamente en las instalaciones del campus. Pero si Juliá creyó que los antiguos alumnos se iban a quedar quietos, que todos iban a ir en fila y ordenados a la nueva asociación, no midió bien las fuerzas.

Primer juicio ganado

La asociación original, que entonces contaba con 12.500 miembros, inició una campaña de denuncia contra la decisión de Juliá que acompañó con demandas en los tribunales. En concreto presentaron un recurso ante el juzgado nº 6 de lo contencioso-administrativo de Valencia. Y lo ganaron. En el fallo judicial con fecha de 28 de octubre de 2013 se anuló la resolución del rector y se dio la razón a la asociación, entre otros motivos porque el convenio original era “de duración indefinida”. En los fundamentos jurídicos el magistrado señalaba que la Politécnica había resuelto el convenio “sin tramitar expediente alguno”. Además, apuntaba que el rector “obvió el trámite de audiencia a la otra parte”, que “no se emitió dictamen de los órganos correspondientes” y que “de forma grosera no motivó en forma alguna la sorpresiva resolución del convenio”.

La Politécnica recurrió en tiempo y forma ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y éste ya ha dictado sentencia; de nuevo, a favor de los antiguos alumnos. En concreto fue un fallo del pasado 3 de junio, hecho público el 18 de julio, en el que se ratificaba la primera sentencia. En el escrito del TSJ se da la razón a los antiguos alumnos y se le imponen a la Universidad las costas del proceso. El fallo señala que no son admisibles los motivos de impugnación esgrimidos por la universidad, y los desmonta al recordar que el fin del convenio que se firmó en 1992 era “la satisfacción de un interés general, cual es la formación continuada de sus ex alumnos, que no queda desvirtuada por el hecho de que la asociación prestara servicios complementarios con aquella finalidad esencial”. Igualmente, recuerda que “un servicio público no deja de serlo por el hecho de que no sea usado por todos los ciudadanos”. 

Sin posibilidad de argumentar nada más, la Politécnica ha dado su brazo a torcer y ha aceptado una derrota que para los antiguos alumnos supone el fin a seis años de destierro administrativo en los que han seguido activos. Ellos sí que pueden decir que el tiempo les ha dado la razón.

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