VALÈNCIA. Unión Profesional de València, asociación que representa a colegios profesionales, lleva a los tribunales el decreto del Consell que agiliza la tramitación de las licencias de obra a través de la colaboración con entidades externas, permitiendo aliviar la carga de trabajo a las administraciones valencianas, según publicaba este lunes el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Y es que esta organización, a petición de la comisión de profesiones técnicas que integra y entre las que se encuentran Aparejadores, Arquitectos e Ingenieros, ha presentado un recurso contencioso administrativo contra la norma por discrepancias con aspectos que incluye su articulado.
En concreto, el texto impulsado por la Conselleria de Obras Públicas, Política Territorial y Movilidad permite que entidades privadas, desde colegios profesionales hasta empresas, desempeñen la función de verificar que las actuaciones urbanísticas se ajustan a la normativa técnica de edificación y, si previamente se obtiene cédula de garantía urbanística, que la actuación urbanística se ajusta a la legalidad urbanística y al planeamiento.
Sin embargo, estas entidades, bautizadas como ECUV , deberán estar inscritas en un Registro de Entidades Colaboradoras Acreditadas para poder emitir un certificado de conformidad, un documento equiparable al generado por los técnicos municipales para obtener la licencia de obra. Eso sí, para poder ejercer esta actividad las entidades deberán contar con la acreditación de la ENAC, especializada en acreditar a entidades colaboradoras de la administración, así como contar con un seguro civil y unos determinados perfiles profesionales del personal técnico.
No obstante, desde el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Valencia (CAATIE Valencia) recelan de la norma al considerar que "su redacción actual del decreto se aleja del espíritu de colaboración" con el que "se pretende contribuir al dinamismo de las licencias administrativas", explican a este diario fuentes del ente colegial. Preguntada al respecto, desde Conselleria aseguraban desconocer los motivos del recurso.
En concreto, uno de los principales escollos es la acreditación que se exige de la ENAC a los colegios profesionales para poder ser entidad colaboradora y expedir los expedientes. Una exigencia que ven "absurda" y que, a su juicio, "denota el desconocimiento de lo que es un colegio profesional", puntualizan. "Los colegios profesionales son corporaciones de derecho público, sin ánimo de lucro que no trabajan como empresas con fines económicos, sino que realizan funciones públicas por delegación de la Administración", recalcan.
En este sentido, subrayan que en el caso de colegios como el de los Aparejadores de València, "su solvencia técnica está sobradamente demostrada con más de 30 años de experiencia en visado y control documental de proyectos, procedimientos establecidos, protocolos de actuación y personal técnico especializado en desarrollar exactamente las tareas que se solicitan a las entidades colaboradoras". "Los requisitos de una acreditación ENAC son más adecuados y aplicables a las empresas, pero no al tipo de corporación que es un colegio profesional", reivindican.
Asimismo, señalan que el texto aprobado "se separa de la línea que preveía la modificación de la LOTUP y de las disposiciones desarrolladas por la Ley 25/2009, que viene a considerar la capacidad que tienen las administraciones públicas para establecer con los colegios profesionales los convenios de comprobación documental, técnica o sobre el cumplimiento de la normativa aplicable que consideren necesarios relativos a los trabajos profesionales".
Por otro lado, el decreto establece un régimen de incompatibilidades que ven "desproporcionado" porque "limita completamente la actividad de los técnicos que se dediquen a trabajar para las ECUV". Y es que el artículo 9 del decreto establece que el personal técnico que forma parte de la entidades colaboradoras no podrá, en ningún caso, elaborar proyectos de obras, visarlos o efectuar cualquier otra función relacionada con su actividad profesional que no sean las previstas en este decreto·
"Estas limitaciones al ejercicio profesional de los técnicos es desproporcionada al fin que se persigue, pues se establece una prohibición total para el ejercicio de su actividad profesional, que queda limitada única y exclusivamente a su trabajo para la ECUV. Para garantizar su objetividad, independencia e imparcialidad, y evitar conflictos de intereses que puedan perjudicar los intereses generales, es suficiente limitar la prohibición a los casos en los que el técnico intervenga en el proyecto o en la ejecución de la obra sobre la que la ECUV realice alguna función", critican.
Con todo, desde el Colegio de Aparejadores creen que en lugar de servir como una buena fórmula para aliviar la carga de trabajo "se convertirá en una privatización del trabajo de los técnicos municipales, que recaerá en un pequeño grupo de empresas generando un oligopolio, lo que supondrá en la práctica que las medidas de agilización administrativa no se completarán". Además, de que, según advierten, no podrán llegar a municipios pequeños "donde no sea rentable el servicio".