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Los edificios de nueva construcción deberán incluir aparcamientos para bicicletas

14/09/2018 - 

VALÈNCIA. (EP) La Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de la Generalitat de 2019 contempla, entre otras, una modificación a la Ley de Movilidad de la Comunitat que pasa a establecer que los edificios residenciales colectivos de nueva construcción deberán contemplar emplazamientos resguardados para el estacionamiento de bicicletas.

Es el segundo año en el que la Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat se hace pública antes de su aprobación por el pleno del Consell, con el fin de que los agentes económicos, sociales y los particulares puedan realizar las aportaciones que se consideren oportunas.

Así, detalla que la ubicación de las plazas de aparcamiento para bicicletas deberá permitir el acceso cómodo y fácil desde la red viaria. Para ello se situarán próximas a los principales accesos del inmueble, al nivel de la vía pública o planta baja del edificio.

Además, permitirán el acceso de las personas transportando la bicicleta a pie y facilitarán su aparcamiento y amarre efectivo, de acuerdo con lo que reglamentariamente se especifique. Se dispondrá como mínimo una plaza de aparcamiento por vivienda en edificios en suelo. La superficie destinada al estacionamiento de bicicletas en edificios residenciales no computará a efectos de edificabilidad.

Instalaciones destinadas a la producción de energía o de autoconsumo

Esta es una de las medidas incluidas en la ley de acompañamiento, que también contempla la ampliación del ámbito de la deducción por instalaciones destinadas a la producción de energía o de autoconsumo eléctrico a cualquier tipo de vivienda, con independencia de que tenga o no carácter de domicilio habitual del contribuyente.

En materia de políticas sociales e igualdad, modifica la Ley de Igualdad entre mujeres y hombres e implementa un servicio específico de promoción de la igualdad a través de la Red Valenciana de Agentes de Igualdad.

También se introduce la figura de la personas coordinadora de igualdad en todos los centros educativos y se introduce una disposición transitoria en la Ley de Renta Valenciana de Inclusión que establece que la condición de persona beneficiaria se tendrá en cuenta para la obtención de plaza en una escuela infantil pública y en centros educativos en cualquier etapa educativa y de formación reglada.

De esta forma, en los casos en que exista un criterio de renta en el proceso de admisión correspondiente, la puntuación que se le asignará por este criterio a las rentas más bajas, será incrementada en un 50% para las personas que tengan acreditada la condición de perceptor de la Renta Valenciana de Inclusión.

Menos papeleo

La Ley de Acompañamiento también modifica otros aspectos de la Ley de la Generalitat por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos simplificando los trámites para la adquisición de vehículos.

La adquisición de automóviles tipo turismo, vehículos mixtos adaptables, vehículos todo-terreno, motocicletas y ciclomotores, que tengan una antigüedad superior a 5 años e inferior o igual a 12 años y cuyo valor sea inferior a 20.000 euros pasarán a tributar por un sistema de cuotas fijas, de forma que los compradores se ahorrarán el trámite de ir al Instituto Valenciano de Administración Tributaria (IVAT) y podrán acudir directamente a Tráfico para realizar el cambio de titular.

Asimismo, la ley creará el Fondo FinInVal, que será gestionado por el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF), con el objetivo de impulsar desde el punto de vista financiero proyectos de inversión e innovación que ejecuten las diferentes consellerias. 

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