un alto porcentaje de las investigaciones es por delitos cometidos en redes sociales o medios

El 9 d'Octubre, el niño torero, Vox y el bus de Hazte Oír: asuntos centrales en la Fiscalía de odio en 2019 

9/11/2020 - 

VALÈNCIA. La Fiscalía de Delitos de Odio de Valencia cifra en 52 las investigaciones iniciadas a lo largo de 2019 por la sección, de las cuales 47 se siguieron por incitación al odio o por actos que entrañan humillación (entre ellos, lesiones o amenazas). Otras dos están relacionadas con el trato discriminatorio, una por ofensa a los sentimientos religiosos y dos por amenazas o insultos. De todas estas diligencias, 27 han acabado siendo judicializadas, 20 archivadas (por razones como autoría desconocida o dificultades a la hora de determinarla) y 4 objeto de inhibición. 

Los datos forman parte de la memoria elaborada por la Fiscal Delegada de Tutela Penal de la igualdad y contra la discriminación, Susana Gisbert, quien tomó posesión del cargo en mayo de 2019. Circunstancia que, unida a otras como los cambios en el seno de la Fiscalía de Valencia a comienzos de año, que los miembros de la sección solo se hayan podido encargar de la materia durante poco más de seis meses o las "innumerables dificultades" a la hora de “reunificar” los procedimientos que asumieron fiscales no especializados -admite en el documento-, ha dado lugar a "inevitables vacíos a la hora de confeccionar las estadísticas". 

Pese a ello, la memoria precisa que, aparte del inicio de las investigaciones, se han calificado 17 asuntos por delitos relativos a odio y discriminación y se han celebrado varios juicios en juzgados de lo Penal y en la Audiencia Provincial: uno por coacciones y amenazas con la agravante de odio por razón de ideología (suspendido por razones procesales);  uno por delito contra la integridad moral, en el que ha recaído sentencia absolutoria y se ha interpuesto recurso por la Fiscalía; uno por fomento, promoción o incitación pública al odio agravado por su difusión a través de redes sociales, celebrado en la Audiencia con conformidad de las partes; y otro por propinar una paliza a dos chicas por besarse, también terminado con conformidad.

En cuanto al resto de procedimientos todavía en una fase inicial de la investigación, la memoria afirma que un alto porcentaje son por delitos de odio en las redes sociales o los medios de comunicación. En los relativos a lesiones, la causa más frecuente la "LGTBIHfobia", mientras en las amenazas la mayoría se producen contra personas migrantes. No consta, señala el documento, ninguna causa abierta en la actualidad por ofensas a los sentimientos religiosos.

Especial trascendencia

La memoria destaca los asuntos de especial trascendencia en 2019: el 9 d'Octubre, el conocido como "niño torero", tuits o declaraciones de Vox y las actuaciones relacionadas con el bus de Hazte Oír en Valencia. 

La primera causa, incoada en el juzgado por los incidentes ocurridos en las concentraciones del Día de la Comunitat Valenciana de 2017, "en que manifestantes y periodistas fueron agredidos por grupos de personas de ideología supuestamente ultraderechista o neonazi", fue declarada en su día compleja por las necesarias diligencias como el volcado de ordenadores, el visionado y análisis de vídeos o las periciales y declaraciones de testigos. Actualmente consta de más de 10 tomos y es previsible que a lo largo de 2020 se concluya la instrucción, indica Gisbert. 

El segundo de los asuntos que destaca la memoria es el relativo a las declaraciones que el número dos de Vox, Javier Ortega Smith, realizó durante un mitin en Valencia: "Nuestro enemigo común, el enemigo de Europa, el enemigo de la libertad, el enemigo del progreso, el enemigo de la democracia, el enemigo de la familia, el enemigo de la vida, el enemigo del futuro se llama invasión, se llama la invasión islamista".

Varios colectivos lo denunciaron por presunta islamofobia y las diligencias fueron remitidas en el mes de mayo a la Fiscalía del Tribunal Supremo al ser diputado. Ésta dictó un auto de archivo que fue remitido a Valencia por el conducto correspondiente, si bien -afirma Gisbert, quien no se ocupó del desarrollo de este asunto- "llegó con fecha muy posterior a su publicación en los medios de comunicación". 

También relacionado con Vox, se hace referencia a las dos investigaciones abiertas por mensajes publicados en Twitter desde cuentas oficiales del partido. Uno de ellos fue a través del perfil de la formación en Massamagrell, en el que se mencionaba una campaña que hizo una cadena de comida rápida de regalar coronas de cartón con los colores del arco iris y señalaba: "#burgerking regala coronas del #orgullogay a los niños, imponiendo en los más pequeños una ideología que fomenta la pederastia".

Colectivos de personas homosexuales lo denunciaron y, recuerda la Fiscalía, "habida cuenta que se procedió a eliminar el mensaje y cancelar la cuenta, a pedir perdón por parte del representante del partido en la entidad local y a cesar al responsable del tuit como Community Manager, se entendió que procedía el archivo debido a que de estas acciones se desprendía la falta de intención de incitar al odio". 

La segunda causa fue abierta por una noticia falsa en la cuenta de "Vox Noticias" que atribuía un delito de violación en grupo a personas magrebíes -cuando los verdaderos investigados por estos hechos son españoles-, añadiendo que no se debía dejar entrar en España a inmigrantes. Se remitió a un juzgado de Sueca que decretó el sobreseimiento libre, lo cual fue recurrido por la Fiscalía. 

"Tanto respecto de este como del anterior caso, se quiere destacar la cada vez mayor frecuencia de este tipo de hechos y el problema que surge, sobre todo, respecto a la autoría material del mismo, al igual que a la competencia territorial, sumado a la nula colaboración de las redes sociales a la hora de facilitar datos", apunta la memoria.

   

Merece especial atención para la Fiscalía, por su contenido y su carácter mediático, el caso del conocido popularmente como "niño torero". La causa fue abierta por el Juzgado de Instrucción número 5 de Alzira a raíz de los mensajes escritos en octubre de 2016, tras la celebración de una corrida benéfica que tenía como finalidad recaudar fondos para Adrián Hinojosa, que entonces tenía 8 años y que falleció seis meses después a causa de su enfermedad. En ellos le deseaban la muerte al pequeño. 

Entre los delitos se encontraba el de odio que pretendían las acusaciones particulares y popular y el delito contra la integridad moral por el que acusaba la Fiscalía. "El tema de fondo, los insultos a un niño enfermo de cáncer en cuyo homenaje se celebró una corrida de toros, ya de por sí llamativo, vio incrementada la atención por la circunstancia de su muerte a los pocos meses de suceder los hechos", recuerda la memoria. "La sentencia que recayó fue finalmente absolutoria, pronunciamiento en el cual debió influir, a juicio de quien suscribe, la actitud de contricción y arrepentimiento que mostraron dos de los acusados, que incluso utilizaron su derecho a la última palabra para pedir perdón a los padres" del menor, indica Gisbert. Por el Ministerio Fiscal se interpuso el correspondiente recurso, solicitando una condena por delito contra la integridad moral conforme se defendió en el juicio. 

Bus de Hazte Oír

Importante repercusión, tuvo, igualmente, la circulación del autobús de Hazte Oír en Valencia, en el cual, señala el documento de la Fiscalía, "se ofendía a las feministas llamándolas 'feminazis' y reproduciendo una imagen de Adolf Hitler con símbolos propios del feminismo", lo que dio lugar a diversas diligencias. Las primeras, antes de que Gisbert ocupara el cargo, hacían referencia a la petición de prohibición de circulación y fueron archivadas por no tratarse de hechos delictivos. Las segundas, sobre los presuntos ataques al vehículo por parte de personas no identificadas, también fueron archivadas. 

Por último, el documento de balance de 2019 hace hincapié en la denuncia presentada contra el alcalde de València, Joan Ribó, y la vicealcaldesa, Sandra Gómez, por las manifestaciones hechas desde sus respectivas cuentas de Twitter sobre el bus. "Se procedió a su archivo por no haber vertido ninguna frase o expresión ofensiva", comenta la Fiscalía. En cuanto a esta misma materia existen unas diligencias abiertas en un juzgado por presunta prevaricación cometida por el alcalde y el concejal correspondiente al impedir la circulación del autobús, que fueron en su día archivadas y que, recurridas, han sido objeto de impugnación del recurso por Gisbert.

Tipificación de las faltas y dificultad de autorías

En el ámbito jurisdiccional, la memoria resalta la frecuencia de conformidades, lo que supone que existan sentencias condenatorias por reconocimiento de los hechos. Y aprovecha para criticar la "destipificación de determinadas faltas, sobre todo las relativas a injurias, ofensas e insultos, puesto que nos dejan en estos casos sin una opción intermedia entre el delito grave y la impunidad total". 

Un apartado especial dedica a la autoría y las dificultades de investigación. "El esquema de la Ley de Enjuiciamiento Criminal tras la reforma de 2015 es demasiado rígido e impide una investigación preliminar desde Fiscalía sin el auxilio de un órgano judicial, y las propias redes sociales no son nada colaboradoras, lo cual puede dar lugar a espacios de impunidad nada recomendables. La instantaneidad y poder de multiplicación de las redes sociales exige una respuesta rápida que nuestra legislación procesal no proporciona", sostiene. Motivo por el que considera importante potenciar el uso, siempre que sea posible, de la prohibición de acceder a la red social donde se ha cometido el delito tanto como medida cautelar como en calidad de pena.