VALÈNCIA. El gobierno del Ayuntamiento de València llevará al pleno de este mes de enero una propuesta para cambiar el Reglamento Orgánico del Pleno (ROP). Idea que no ha gustado en absoluto a la oposición porque supone un serio recorte en algunas de los derechos de fiscalización que ostentaba hasta la fecha. Por ejemplo, a partir de ahora los partidos que no forman parte del gobierno tendrán un límite a las preguntas que podrán llevar a las comisiones previas al plenario, tope que hasta ahora no existía. Del mismo modo, también se incluyen otras cuestiones como por ejemplo que tendrán que esperar seis meses hasta realizar por segunda vez una misma pregunta.
Por lo que respecta a las comisiones, la modificación puntual del ROP contempla cambios en el artículo número 91. Concretamente, establece que a partir de ahora los grupos municipales tan solo podrán presentar un máximo de dos mociones en cada comisión, tope que no había sido visto hasta el momento. Asimismo, también sufre modificaciones el procedimiento relacionado con la formulación de preguntas al gobierno por parte de la oposición: a partir de ahora, si es que se aprueba la propuesta, estos partidos tan solo podrán presentar tres preguntas, y además tendrá que hacerlo el miembro titular que la agrupación haya escogido para esa comisión.
Una circunstancia que choca considerablemente con la dinámica que se seguía hasta ahora. Y es que, bajo el reglamento todavía vigente, los grupos pueden presentar a cada comisión el número de preguntas que estimen oportuno, igual que puede hacerlo cualquier concejal de la corporación, no solo el delegado miembro de la misma. En este sentido, cabe recordar que las comisiones son reuniones temáticas en las que están presentes todos los partidos políticos, y donde se discuten las cuestiones que posteriormente irán al pleno municipal. Del mismo modo, también sirven para poner en marcha estudios o investigaciones relacionados con el tema en concreto, al tiempo que ofrecen la posibilidad a la oposición de formular preguntas sobre las competencias y proyectos de cada una de las áreas municipales.
Y precisamente he aquí el problema: el gobierno ha lamentado en diversas ocasiones que los partidos en la oposición inundan con preguntas a las concejalías, lo que obliga a los técnicos que trabajan en las mismas a dedicar un tiempo y esfuerzo considerable a responder. Algo que los "aparta de sus funciones principales", alegaban en su momento.
Tanto es así que la modificación puntual del ROP todavía va más allá y propone en el artículo 132 que las preguntas que hayan sido respondidas no podrán volver a ser formuladas en un periodo de seis meses. Un detalle que ha molestado especialmente a la oposición, teniendo en cuenta que no permite hacer un seguimiento de la aprobación o tramitación de determinados asuntos por los que, en la actualidad, se suele preguntar sistemáticamente mes a mes. Asimismo, también entra en juego la posibilidad de que la respuesta no concuerde con las expectativas o su propia formulación genere dudas.
También se introducen cambios incluso en la manera en la que las preguntas tienen que ser formuladas. Y es que, para aquellas cuestiones que van directamente dirigidas al pleno, se añade el siguiente epígrafe en el artículo 131: "El escrito no podrá contener más que la escueta y estricta formulación de una cuestión, en las que se interrogue sobre un hecho, una situación o una información, o sobre si se ha tomado o va a tomar alguna decisión en relación con algún asunto, dentro del ámbito competencial municipal". Esto es, cada pregunta vinculada a un tema en concreto tan solo podrá contener un interrogante, y no varios tal y como en ocasiones venía siendo habitual.
Asimismo, el anterior reglamento era más flexible en cuanto a la limitación del número de preguntas que se podrían presentar durante el pleno. A este respecto, la norma vigente establece que la junta de portavoces puede poner un límite a las formulaciones siempre y cuando perciba que esto puede suponer un entorpecimiento del funcionamiento normal de las oficinas municipales. En resumen: el reglamento permitía ajustarse a las circunstancias y además requería de un consenso previo. Sin embargo, la nueva modificación establece que el número máximo de preguntas que puede presentar cada concejal al pleno es de cinco, por lo que ya no se tienen en cuenta la situación puntual.
Con todo ello, la portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento de València, María José Catalá, calificaba la nueva propuesta de "ROP mordaza" y consideraba que todo esto es una maniobra "para expulsar a la oposición del Ayuntamiento". Asimismo, también señala que la unión entre Compromís y PSPV pasará a la historia por ser "el gobierno menos transparente" y "tratar de frenar y anular la labor de fiscalización de la oposición". Y para concluir recordaba que ni siquiera su formación cuando tenía mayoría absoluta en el consistorio protagonizó un movimiento en esta línea.
Esta modificación del Reglamento Orgánico de Pleno viene después de una resolución del Síndic de Greuges en la que recomendaba al gobierno ser más transparente con respecto a las labores de fiscalización por parte de la oposición. Y es que, el Partido Popular ya presentó en su momento una queja alegando que no recibía respuestas satisfactorias por parte de la administración local a las preguntas que formulaba. En esta línea, la recomendación recogía en sus conclusiones finales que el gobierno debía aspirar a ser "lo más transparente posible" con respecto a las normas plasmadas en el ROP.
En este sentido, el síndic ya respondía a las alegaciones del gobierno recordando que la normativa vigente no contemplaba limitaciones al derecho de la oposición para formular tantas preguntas como considere oportunas, y que por lo tanto estas debían de ser siempre atendidas. Asimismo, también apuntaba que la junta de portavoces no goza de naturaleza reglamentaria, puesto que el gobierno alegó que ya se había manifestado al resto de partidos la incomodidad que suponía para las delegaciones responder al reguero de preguntas. En esta línea, matizaron que se había llegado a plantear de manera oral la posibilidad de reducir el número de cuestiones permitidas tanto en la comisión como en el pleno.
Sin embargo, el foro escogido no tenía naturaleza normativa, según el síndic, y por lo tanto el acuerdo no portaba obligación. Asimismo, también recordaba este órgano al gobierno que las respuestas que se ofrecen a las preguntas de la oposición tienen que ser "claras, completas y congruentes", y que estas no pueden quedar en el aire ni mucho menos eludir los asuntos en cuestión, tal y como denunciaba el Partido Popular.
Esas eran, al menos, las reflexiones del síndic. Sin embargo, cabe recordar que el organismo tan solo emite recomendaciones, nunca obligaciones, y que por lo tanto queda en manos del Ayuntamiento adoptarlas o no. Y, a la luz de las recientes circunstancias, parece que no tiene ninguna intención de hacerlo. De este modo, ha decidido trasladar los acuerdos orales al papel, de modo que ahora sí que sean vinculantes. Así, llevará para su aprobación a pleno tanto la reducción del número de preguntas como la limitación de las formas y supuestos en los que estas se pueden elevar: "Han hecho todo lo contrario de lo que se les recomendó", lamentaba Catalá.