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tendrán que pasar por el juzgado

Sanidad niega sumar puntos en bolsa a los trabajadores del laboratorio externalizado del Hospital de Manises

19/02/2019 - 

VALÈNCIA. Sanidad ha denegado a una trabajadora del laboratorio del Hospital de Manises gestionado por la empresa Sanilab el sumar puntos por el tiempo trabajado en el departamento público. Así lo recoge una resolución firmada por la dirección general de Recursos Humanos, donde señala que el tiempo empleado en la mercantil no puede ser objeto de baremación por no tratarse de servicios prestados en instituciones públicas sanitarias, gestionadas directa o indirectamente conforme a lo establecido en la Ley 15/1997 de 25 de abril.

La trabajadora que presentó el recurso tenía como referencia una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que reconocía a una facultativa que trabaja en este laboratorio los puntos en bolsa por el trabajo realizado para la sanidad pública. Según consta en la sentencia emitida por sala de lo contencioso-administrativo número 2, la Unidad de Diagnóstico Biológico del Hospital de Manises dejó en 2011 de realizar su actividad a través de la empresa que gestiona el departamento de Manises en régimen de concesión -participada por Sanitas- y pasó a externalizarse a la empresa Sanilab SAU tras aprobarse en una comisión mixta. 

Hasta ese momento sus trabajadores -personal laboral- puntuaban en bolsa de la conselleria por su trabajo en el departamento público, sin embargo esta unidad dejó de hacerlo por no estar integrada en Especializada y Primaria L'Horta Manises. Esta trabajadora decidió recurrir y en la última actualización consiguió sumar los puntos de esta etapa tras darle la razón el TSJCV. Para ello, la profesional alegó que a pesar de forma parte de otra empresa seguía prestando los servicios en el mismo lugar y con las mismas actividades y funciones.

Una treinta de trabajadores estaba pendientes de que la conselleria pudiera decidir que esta sentencia les podía aplicar también a ellos sin llegar a los tribunales. Sin embargo, parece que esta situación no se producirá y tendrán que acudir a los tribunales si quieren sumar esta experiencia, como también han hecho algunos trabajadores de Eresa. Para denegar los puntos, Sanidad pone como ejemplo en su contestación una sentencia del TSJCV de marzo de 2012, donde señala la prestación de servicios en el centro privado Nefrontinyent, al que se adjudicó un concierto, y donde se pedía que se computara como baremo. 

"El concierto para la prestación de determinado servicio no convierte a la entidad privada en una institución sanitaria pública tal y cómo se deduce", señala Sanidad en la resolución. "No todos los centros privados concertados son iguales ni tampoco equiparables a los centros públicos. Por concertarse en muchos casos solo determinados servicios y técnicas sanitarias y no toda la actividad del centro la mera homologación no basta para suponer sin más la equiparación de los centros sanitarias privados con los centros públicos del sistema nacional de salud", señala.

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