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PROYECTO DE DECRETO-LEY DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GENERALITAT

Sanidad plantea eliminar el grado II de carrera profesional a facultativos para acceder a jefaturas

26/06/2024 - 

VALÈNCIA. La Conselleria de Sanidad ha puesto encima de la mesa la eliminación del requerimiento del grado II de la carrera profesional para la entrada del personal facultativo en jefaturas de servicio y de sección. Así lo recoge el borrador del proyecto de decreto-ley de Simplificación Administrativa de la Generalitat Valenciana, enmarcado en el Plan Simplifica 2024-2026, presentado en el mes de mayo por el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón.

El requisito de dicho grado obliga a quien accede a las mencionadas plazas a tener en su carrera diez años de servicio prestado en el sistema nacional de salud en la categoría y especialidad. Una norma enmarcada en el decreto 192/2017 de regulación del sistema de carrera profesional del personal estatutario de la Conselleria de Sanidad, y que el departamento de Marciano Gómez pretende eliminar con la supresión de este requisito previsto en el artículo 49.1.

Una decisión que se habría planteado para que puedan acceder a dichas plazas profesionales de otras autonomías, donde los grados no estén implantados, según se planteó en la última mesa sectorial de la Conselleria de Sanidad con los representantes de los trabajadores. No obstante, prácticamente el resto de autonomías también tiene carrera profesional. En este sentido, desde los sindicatos señalan -en el caso de que termine por aprobarse- la posibilidad de las gerencias y la propia de Conselleria de Sanidad de poner con más facilidad a candidatos acordes a sus preferencias.

La provisión de las plazas de jefatura de servicio y de sección de personal facultativo se realiza mediante concurso de méritos, en el que puede participar el personal facultativo con nombramiento como personal estatutario fijo que ostenta plaza en la categoría y, en su caso, especialidad a la que se concurse en las instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud, así como personal funcionario de carrera o personal laboral fijo seleccionado en procesos selectivos de las administraciones públicas, que presten servicios en centros sanitarios de titularidad pública. 

También se ha incluido el dicho borrador el eliminar este requisito de grado II de la provisión de plazas básicas con características específicas. Si quedara libre y éstas características específicas se mantienen, actualmente se procede a su provisión definitiva mediante concurso de traslados específico, en el que podrá participar el personal de la correspondiente categoría y, en su caso, especialidad, que tenga, al menos, el grado II de carrera profesional y esté en condiciones de aportar los méritos asociados a la plaza. 

Procedimientos más abiertos

Cabe recordar que, en esta legislatura, la Conselleria de Sanidad también aprobó en mesa sectorial -aunque todavía no ha sido publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana- el proyecto de decreto que regula la selección del personal temporal estatutario de los grupos A1 y A2, En éste, se regula que los departamentos de salud puedan desarrollar procesos selectivos para plazas consideradas con características específicas. Una normativa que también relaja los procesos rígidos del sistema sanitario.

El objetivo es seleccionar a aquellos profesionales que, además de cumplir con los requisitos generales y específicos de su categoría, aporten un valor añadido o cuenten con aquellas aptitudes y conocimientos necesarios para el puesto que se oferta. Esto permitirá en el caso del grupo A1 y determinados puestos, principalmente relacionados con los avances tecnológicos, puedan llevarse a cabo también procesos selectivos específicos que prioricen a aquellos profesionales más cualificados. Una situación en la que se permite contratar a personal fuera de bolsa.

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