VALÈNCIA. El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicó este lunes una resolución firmada por la consellera de Sanidad, Ana Barceló, en la que se da cumplimiento a la orden ministerial del 13 de abril por la que se establecen medidas excepcionales para el refuerzo del sistema nacional de salud y la contención de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus.
Un texto en el que se trata de poner orden a la situación de incertidumbre que ha causado, entre otras cuestiones, el procedimiento para la realización de test entre entidades públicas y privadas.
En este sentido, cabe recordar que tanto desde las Administraciones Públicas -especialmente desde los ayuntamientos- como desde las empresas privadas, se ha tratado de poner en marcha iniciativas para adquirir test para poder evaluar si sus vecinos o empleados padecen o han padecido la enfermedad. Unas medidas que, primero desde la ministerio y ahora desde la conselleria, se han querido acotar para evitar un descontrol de pruebas y resultados, además de frenar un posible auge de negocios paralelos o fraudes a causa de la propia ansiedad de las entidades por conocer resultados en sus diferentes entornos de actuación.
Así, en el apartado cuarto de la mencionada resolución se recalca que cualquier entidad de naturaleza pública -ayuntamientos- o privada -empresas- de la Comunitat Valenciana que adquiera "hisopos para toma de muestras, medio de transporte de virus, reactivos de inactivación, kits de extracción de ácidos nucleicos o reacciones de PCR, o test rápidos diagnósticos", deberá ponerlo en conocimiento de la conselleria "cada vez que se produzca una adquisición, con indicación expresa del tipo de material, número de unidades adquiridas y destino de uso".
De esta manera, el Gobierno valenciano conocerá en todo momento la calidad y cantidad del material que se compra y para que está empleando. Una medida relevante dada la complejidad del mercado actual de este tipo de productos cuya demanda se ha disparado en pocas semanas, lo que ha dado lugar a fraudes o a importaciones de calidad discutible. Además, resulta especialmente relevante que la conselleria, en el caso de los test, sepa si son pruebas rápidas, PCR (la más fiable aunque más costosa) o el reactivo adquirido.
Por otro lado, en el apartado quinto se especifica que los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico, ya sean públicos o privados, que se encuentran en la Comunitat y presten servicios para la realización de las pruebas diagnósticas deberán contar con la prescripción por facultativo de acuerdo con las directrices de la autoridad sanitaria.
Además, en este apartado de la resolución se hace hincapié en que se debe "garantizar los medios necesarios para completar el proceso diagnóstico de infección activa por Covid-19, según los protocolos vigentes", al que se le añade: "Garantizar la realización de las pruebas complementarias necesarias". Un punto importante dado que, según fuentes de la conselleria, los test rápidos pueden ofrecer 'falsos negativos', por lo que en la protocolo de sanidad pública se indica que se debe proceder a una prueba PCR. Es decir, que para considerar un negativo asegurado, las entidades deben completar todo el proceso.
Una vez cumplidos estos pasos, la resolución señala que deben "notificarse" los casos diagnosticados a la subdirección general de Epidemiología, lo que permitirá un control de datos exhaustivo de las pruebas que se realicen por parte del Gobierno valenciano.