VALÈNCIA (EP). La Sindicatura de Comptes ha constatado que el nivel medio de temporalidad del empleo público en la Administración de la Generalitat sigue siendo excesivo, al situarse en el 49,6%, y con un elevado "envejecimiento del personal" ya que el 59,6% supera los 50 años y la edad media del personal funcionario de carrera es de 57 años.
Así, se desprende de las conclusiones de la auditoría de los gastos de personal de la Administración de la Generalitat que ha realizado la institución, con especial énfasis en la gestión del personal docente, correspondiente al ejercicio 2023.
En concreto, ha apuntado que la temporalidad en Sanidad se eleva al 71,6%, mientras que en el personal docente es "del 28,4%, muy por debajo de la media", unos niveles "muy lejos del objetivo del 8% de la normativa básica". Además, la previsión de jubilación hasta 2030 es de 5.137 personas.
Por ello, ha advertido de "la urgente necesidad" de "la adecuada planificación de los recursos de personal a través de los instrumentos y planes previstos en la normativa de la función pública".
El gasto de personal en 2023 ascendió a 7.959,7 millones, el 36,6% del gasto no financiero, y al final de este ejercicio había 162.205 personas ocupadas, de las que 71.725 eran personal docente. Así, a 31 de diciembre de 2023, quedan gastos generados pendientes de imputar al presupuesto por importe de 330,8 millones.
Además, ha señalado que había "diferencias" en la conciliación entre las aplicaciones informáticas de nómina y la contabilidad correspondientes a la deuda con la Seguridad Social y las retenciones por IRPF. Por ello, ha propuesto mejoras de información en la memoria de la Cuenta de la Administración sobre la temporalidad, el envejecimiento y la cuantificación del efecto de hechos posteriores al cierre contable.
Del mismo modo, ha señalado que persiste "un gran número de procedimientos judiciales de gastos de personal", de los que "podrían derivarse responsabilidades a cargo de la Generalitat", cuyo efecto ha explicado que no han podido estimar "razonablemente", dado que la Abogacía General de la Generalitat no les ha facilitado la información "suficiente y adecuada".
Sobre la gestión de personal docente y su nómina, la Sindicatura señala que "la carga de trabajo en los inicios de curso puede suponer retrasos en el pago de las nóminas debido al muy elevado número de altas" y por ello insta a la Conselleria de Educación a "adoptar medidas para la gestión y control efectivos sobre el cobro de los reintegros de pagos indebidos de nóminas".
Al respecto, ha señalado que la gestión del personal docente y sus nóminas "dependen totalmente" del funcionamiento "eficaz" de las aplicaciones informáticas que le apoyan --SIGNO, PAN, REGPER, EDEN-- y que han observado "deficiencias" en los controles de procesamiento de la información y las aplicaciones, lo que representa "un riesgo elevado para la completitud, exactitud, validez y legalidad de las transacciones". Además, ha apuntado que el expediente docente electrónico normalizado (EDEN) tiene "procesos relevantes pendientes de desarrollo".
Del mismo modo, ha considerado que debe aprobarse el procedimiento de gestión (creación, modificaciones, bajas y clasificación) de los puestos docentes y adecuar la normativa que los regula y que lafiscalización previa debe realizarse sobre todas las actuaciones exigidas por la normativa y el acuerdo del Consell que la desarrolla.
Asimismo, la aplicación REGPER debe "adaptarse a las funcionalidades necesarias y debe funcionar eficazmente la interfaz REGPER-PAN-SIGNO". En esta última aplicación deben establecerse controles adicionales de las modificaciones en los conceptos retributivos, ha señalado. Por último, ha apuntado que los sitios habilitados temporales y los lugares sustitutivos de puestos de plantilla ("sitios ficticios") deben "regularse y controlarse adecuadamente".
Por todo ello, ha concluido que la Conselleria de Educación debe aprobar el expediente de relación de puestos de trabajo del personal docente y las consellerias de Sanidad y Justicia deben publicar sus RPT y que debe emitirse y fiscalizarse la resolución de creación de puestos docentes. Además, ha apuntado que la generación de créditos presupuestarios financieros con los reintegros de las incapacidades temporales debe aprobarse mediante el expediente preceptivo.
Respecto, a la anulación por sentencias del concurso de traslado de personal docente de 2022 que obligó a convocar nuevos concursos, ha recordado que la Conselleria manifestó que iba a recurrir contra la sentencia sobre educación primaria. De hecho, el Acuerdo del Consell de 29 de junio de 2023 sobre dotación de plantillas fue objeto de informes de la Intervención General de la Generalidad y de la Abogacía General de la Generalidad que les cuestionaron y está en litigio en el TSJCV, por lo que la Sindicatura ha aclrado que en la fecha de emisión de su informe desconoce la conclusión de este proceso.
Además, ha apuntado que la Generalidad debe formalizar la autorización de la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el pago de las cuotas en plazos reglamentarios distintos a los establecidos con carácter general.
Por otra parte, se han puesto de manifiesto "incidencias" en la revisión de una muestra de expedientes de personal docente, entre las que destaca la inexistencia del expediente electrónico completo y la documentación justificativa de nombramientos y compatibilidades. Además, los certificados de delitos de naturaleza y antecedentes penales deben mantenerse actualizados.
También ve "necesaria" la actualización de la regulación de la contratación del profesorado especialista y la dotación de este personal y el de educación secundaria en las bolsas y señala que el personal docente en comisiones de servicios es "elevado" (11,3%).