ADJUDICACIÓN A DEDO

Sobreseen la causa contra los técnicos de la Diputación que otorgaron el ‘call center’ al exsuegro de Benavent

El magistrado también sobresee provisionalmente para dos empresarios que trabajaron para Imelsa y financiaron al Olimpic de Xátiva

7/10/2016 - 

VALENCIA. La pieza separada de la Operación Taula por la adjudicación, presuntamente a dedo, de un ‘call center’ a la empresa Sevimun, vinculada a Mariano López, exsuegro del yonki del dinero Marcos Benavent tiene desde esta semana tres imputados menos. El magistrado instructor de la causa, Víctor Gómez, ha dictado un sobreeimiento provisional de las actuaciones para los técnicos de la Diputación que estuvieron en la mesa de contratación.

Concretamente se ha sobreseído para el director del área jurídica de Imelsa, Enrique Grau Freixa, el jefe de servicio de gestión tributaria de la Diputación de Valencia, Ricardo de Ángel Marí y el jefe de sección de la oficina de gestión tributaria, Jorge Cuñat Cervera.

Olimpic de Xátiva

No solo en esta pieza varios investigados han visto como el juez sobreseía contra ellos. En la pieza principal, José Mª Soriano Saavedra y Francisco José Escandell Vila, de la empresa Turia Mantenimientos Integrales también han salido airosos por el momento, ya que el magistrado les recuerda que todavía falta el informe definitivo de a Unidad Central Operativa de la Guardia Civil.

Ambos estaban acusados de haber cobrado sobrecostes en las obras que ejecutaron para la empresa pública Imelsa para, después, pagar una mordida al club de fútbol del que el expresidente de la Diputación de Valencia Alfonso Rus era presidente.

Según el auto al que ha tenido acceso Valencia Plaza el magistrado explica que: “Como en el caso de otros empresarios, los indicios para atribuir responsabilidad penal descansa en el cruce de datos de las relaciones comerciales tanto con la empresa pública Imelsa y un club de fútbol dirigido en las fechas concernidas por el también investigado Alfonso Rus. El valor indiciario es asumible desde la perspectiva general que relaciona dichos ingresos, como proveedores, y dichos pagos (como patrocinadores) con el modo comisivo que el investigado Marcos Benavent ha descrito”.

Y apostilla que: “Ahora bien, las meras relaciones comerciales y comparación de cantidades percibidas y dispuestas, pueden quedar notablemente desdibujadas en el plano Indiciario si, como es el caso de MANTENIMIENTOS, se ofrece una información como la dada por sus gestores, suficientemente acreditativa de momento, de los siguientes hechos: que el trabajo contratado fue único, y que el trabajo realizado fue real. Por otro lado, la información suministrada para explicar el patrocinio del club puede que no resulte tan justificada, como expone el Fiscal, pero tampoco resulta una explicación increíble no ajena a prácticas comerciales habituales”.

Respecto de los técnicos de la mesa de contratación que otorgó el “call center” a Servimun, por ejemplo en el caso de Cuñat, en otro auto el magistrado dice que: “Citado Jorge Cuñat en calidad de investigado por su condición de miembro de la mesa de contratación en la que se decidió proponer al órgano de contratación de Imelsa, la adjudicación a la empresa Servimun del contrato que es objeto de investigación en esta pieza separada, del resultado de su declaración, puesto en relación con el resultado actual de las demás diligencias, no se aprecian en el plano indiciario motivos que justifiquen el mantenimiento actual de dicha posición procesal”.

Y para razonar la decisión añade: “No es tanto el efecto del mero contenido y sentido de sus declaraciones exculpatorias, sino la coherencia de lo explicado con cometidos propios de su función establecida en el organigrama del servicio de la Diputación y la inexistencia actual de otros indicios que no vengan constituidos por su mera participación en la citada mesa, y que pudieran de modo lógico, por vía deductiva o de inferencia, atribuirles una responsabilidad penal siquiera a nivel indiciario”.

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