la generalitat concederá 2.000 euros a propietarios de coches destruidos por la riada

Así se pueden solicitar las ayudas del Consell para vehículos siniestrados por la Dana

15/01/2025 - 

VALÈNCIA. El Consell daba luz verde este martes al decreto por el que se aprueban las ayudas autonómicas a los vehículos destruidos por la riada que provocó la Dana de finales de octubre en decenas de municipios de la provincia de Valencia. En este sentido, los propietarios recibirán entre 250 y 2.500 euros según la tipología del vehículo siniestrado, tal y como anunció el president de la Generalitat, Carlos Mazón, y recoge el decreto publicado este miércoles en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). El Gobierno valenciano destinará un total de 250 millones de euros a esta medida. 

Serán beneficiarias de esta línea de subvenciones las personas físicas, tanto si ejercen actividades económicas como si no que sean propietarias de un vehículo asegurado que haya sido declarado como siniestro total tras las inundaciones. Para recibir la cuantía, los propietarios deberán haber iniciado, antes de la solicitud de la ayuda, una reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros o a la aseguradora. Por otro lado, el vehículo deberá haber sido dado de baja en la Dirección General de Tráfico (DGT)

Según recoge el documento, para la concesión inicial de las ayudas será suficiente con que se justifique la baja temporal del vehículo en la Dirección General de Tráfico con el compromiso de tramitar la baja definitiva del vehículo antes del 31 de diciembre de 2025. Transcurrido dicho plazo sin que se haya obtenido la baja definitiva del vehículo siniestrado se procederá a exigir el reintegro de la ayuda y a imponer la sanción que, en su caso, pueda corresponder.

De 250 a 2.500 euros

Los afectados recibirán entre 250 y 2.500 euros por cada vehículo perdido como consecuencia de la catástrofe dependiendo del tipo de vehículo. Cabe mencionar que, en el caso de los vehículos adaptados, deberá constar en el Registro de Vehículos de la DGT como "construido o modificado para la conducción de personas de movilidad reducida". 

  • Ciclomotores: 250 euros
  • Motocicletas: 750 euros
  • Turismos, furgonetas y vehículos similares: 2.000 euros
  • Turismos, furgonetas y vehículos similares adaptados para personas con movilidad reducida: 2.500 euros

Cómo pedir las ayudas

Las ayudas se podrán solicitar a partir de este jueves hasta el próximo 28 de febrero. Las peticiones se realizarán "preferentemente" de manera telemática a través del trámite específico habilitado en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana para el que se requerirá firma electrónica al solicitante. No obstante, también se puede presentar virtualmente, a través de la Oficina Virtual de Atención Ciudadana, y de manera presencial en las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas por la Generalitat. 

Para presentar una solicitud de manera telemática, los afectados deberán pedir cita previa. Para ello, deberán acceder a partir de este jueves al trámite «Solicitud de cita previa para la presentación de la solicitud de ayuda para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana». Este proceso solo requiere la identificación de la persona solicitante, un correo electrónico y un teléfono de contacto. Tras dar los datos, el sistema informará de la fecha y hora asignada para la solicitud. 

Por otro lado, cabe mencionar que el decreto establece que si la presentación de la solicitud se realiza mediante un representante, se requerirá la acreditación de dicha representación vía telemática a través del registro de la Generalitat o del de la Administración General del Estado; o de manera presencial "la cumplimentación y presentación del modelo de representación que figura en el anexo de este decreto o mediante cualquier otro medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia". 

Datos necesarios para pedir las ayudas

De cara a tramitar la solicitud, las personas interesadas deberán aportar los siguientes datos:

  1. NIF (DNI o NIE), nombre y apellidos.
  2. Matrícula del vehículo siniestrado
  3. Número del expediente asignado al siniestro por el Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, por la entidad aseguradora e identificación de esta. 
  4. Identificación de la cuenta bancaria titularidad de la persona beneficiaria de la ayuda.
  5. Declaración responsable de los aspectos indicados en el apartado de esta página web "Información a cumplimentar en la solicitud".

Según indica la Generalitat, no será necesario aportar ninguna documentación, sino que en la presentación telemática aparecerán una serie de formularios que se deberán cumplimentar. En el caso de las solicitudes que se pidan de manera presencial, serán los empleados de las oficinas de postemergencia los encargados de rellenar estos documentos. 

Resolución y pago de las ayudas

La Administración dispone de un plazo máximo de tres meses desde que acaba el plazo de solicitudes para resolver y publicar la resolución de las ayudas. Es decir, como máximo, deberían resolverse antes del 28 de mayo de este año. El pago se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por las personas beneficiarias mediante un único pago. Cabe recordar que estas ayudas son compatibles con otras que tengan la misma finalidad, como son el caso de las impulsadas por el Gobierno de España

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