El IVC tramita la segunda convocatoria de sus ayudas a las artes escénicas

Teatro y danza

Concretamente han salido las líneas para la creación de escritura escénica, formación, investigación, edición, residencias escénicas, producción emergente de un montaje escénico y asistencia a ferias y acontecimientos orientados al mercado

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VALÈNCIA. El Institut Valencià de Cultura (IVC) ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la segunda de las convocatorias de subvenciones destinadas al fomento de las artes escénicas en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2026.

Estas ayudas contemplan las modalidades de creación de escritura escénica, formación, investigación, edición, residencias escénicas, producción emergente de un montaje escénico y asistencia a ferias y acontecimientos orientados al mercado.

La convocatoria cuenta con una dotación económica de 798.630 euros y se suma a la publicada el pasado mes de junio, dotada con 2,95 millones de euros, destinada a las modalidades de producción profesional de un montaje escénico, giras de espectáculos, festivales y muestras, y asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

Con la incorporación de esta segunda línea de ayudas, la dotación global destinada al fomento de las artes escénicas en la Comunitat Valenciana para 2026 asciende a 3.748.630 euros, lo que supone un incremento de 798.630 euros respecto al ejercicio anterior. La distribución de las subvenciones en dos convocatorias responde a criterios de optimización de los procesos.

Estas subvenciones tienen por finalidad la promoción de la creación, producción, difusión y exhibición de las artes escénicas, a través de actividades como la creación de escritura escénica; la formación, la investigación, la edición, las residencias, la producción emergente de un montaje escénico y la asistencia a ferias y acontecimientos orientados al mercado. Asimismo, contemplan el fomento de la cooperación con otros agentes y entidades culturales de ámbito público o privado, con el fin último de favorecer que la ciudadanía pueda disponer de una oferta diversificada y de calidad.

Las actividades objeto de subvención deberán desarrollarse entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, ambos incluidos, con la excepción de la fecha del estreno de los espectáculos beneficiarios de la ayuda anual a la producción profesional, que deberá tener lugar como máximo el 31 de enero de 2027. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 14 de octubre y deberá realizarse por vía telemática a través del registro de la sede electrónica accesible desde la web https://sede.ivc.gva.es/

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