Acció Ecologista-Agró presentó estos recursos de casación contra las dos sentencias del TSJCV

El TS admite a trámite los recursos contra la exclusión de les Moles del parque natural del Turia

14/06/2024 - 

VALÈNCIA (EP). El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite los recursos de casación presentados contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que dejaba fuera del parque natural del Turia les Moles de Paterna, según ha informado la Coordinadora per la Protecció de les Moles.

Acció Ecologista-Agró presentó estos recursos de casación contra las dos sentencias del TSJCV que la razón al Ayuntamiento de Paterna y a una mercantil al considerar, como planteaban estas dos partes, que no quedaba acreditado el "valor ecológico" de los suelos de Les Moles incluidos el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del parque natural del Turia.

El Supremo explica en los autos que ha emitido para admitir a trámite los recursos contra estos fallos, consultados por Europa Press, que "la cuestión que presenta interés casacional" consiste en "determinar la incidencia de la existencia de discontinuidades físicas en los distintos elementos que pudieran conformar un sistema natural a los efectos de su consideración como espacio natural protegido".

La organización ecologista fundamentó sus recursos en la infracción del artículo 18 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, ha precisado la Coordinadora per a la Protecció de les Moles. Así, ha expuesto que la citada entidad argumentó que la sentencia del TSJCV aplicaba "incorrectamente la noción de conectividad ecológica, centrándose únicamente en la continuidad física del espacio natural".

La Coordinadora per la Protecció de les Moles ha destacado que ya manifestó su desacuerdo con las citadas sentencias al considerar que "se había confundido la conectividad ecológica con la conectividad física y móvil, ignorando que la interrupción provocada por" la infraestructura viaria del "by-pass no es un impedimento para la mayoría de fauna ni para las plantas".

Este colectivo ha apuntado también que el fallo "no considera la existencia de numerosos túneles y pasos subterráneos que facilitan el tránsito de la fauna" de un lado a otro de los citados espacios naturales. Así, ha argumentado que "la concepción de espacio protegido aplicada en la sentencia no aplica los fundamentos de sistema ecológico, que es el precepto legal aplicado por el decreto anulado por la sentencia".

La coordinadora ha resaltado que también cuestionó que las citadas decisiones judiciales admitieran "como válidos argumentos elaborados por una arquitecta del Ayuntamiento de Paterna, sin cualificación ambiental" y que, "en cambio, no diera el mismo valor a los informes de los expertos en ciencias biológicas".


Las normas que serán objeto de interpretación incluyen, ha agregado la entidad en defensa de les Moles, "los artículos 18 y 28 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad".

"La sentencia podría extenderse a otras normas si así lo exige el debate durante el recurso", ha añadido. Los conservacionistas han expuesto que pretenden "demostrar que las sentencias del TSJCV no han aplicado correctamente la normativa europea de protección de la naturaleza".

"Revisión en profundidad"

La Coordinadora per la Protecció de les Moles ha asegurado que con la admisión a trámite anunciada por el Tribunal Supremo se "abre la puerta a una revisión en profundidad de los criterios de protección de espacios naturales" y, "en particular, a la consideración de la conectividad ecológica frente a la continuidad física".

"Esto podría sentar un precedente significativo para la protección de áreas naturales vulnerables en toda España", ha manifestado este colectivo, que ha señalado que "les Moles de Paterna pueden acabar generando jurisprudencia".


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