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La Abogacía de la generalitat estudia recurrir la decisión judicial

El TSJCV anula el informe del Consell que rechaza Puerto Mediterráneo

18/10/2019 - 

VALÈNCIA (EP). La sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado la resolución de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de fecha 10 de octubre de 2016 que deniega la propuesta del Plan de Actuación Territorial Estratégica (ATE) 'Puerto Mediterráneo' y ha pedido al Gobierno valenciano un nuevo informe para que el proyecto comercial sea sostenible.

Los magistrados estiman parcialmente el recurso presentado por la mercantil promotora del proyecto. La sección primera de lo Contencioso ha resuelto en el mismo sentido otros tres recursos relativos al mismo plan urbanístico, según ha informado el tribunal valenciano en un comunicado.

La Sala considera que la memoria ambiental desfavorable a este proyecto comercial, hotelero y de ocio en la localidad valenciana de Paterna es insuficiente, por lo que ordena retrotraer el procedimiento para que la Administración emita un nuevo informe que fije las condiciones necesarias para que esa actuación sea sostenible.

En concreto, la nueva memoria deberá fijar criterios de sostenibilidad respecto a 16 cuestiones concretas que van desde la protección de un barranco o de una especie botánica hasta la afección de carreteras, la conservación del paisaje y las medidas de prevención de incendios.

"Ninguna de las 16 cuestiones mencionadas tienen la suficiente entidad para denegar totalmente la actuación; pero todas ellas son consistentes para imponer condiciones, restricciones y determinaciones a la actuación propuesta", advierte el tribunal.

Según los jueces, no existe un "derecho subjetivo del actor a la aprobación del plan que afecta a su suelo" y la Conselleria tiene "plena competencia y capacidad" para tramitar el plan conforme al interés general.

Es más, "la decisión de la Administración está fundada en la medida en que existe un informe determinante que la condiciona" y del que "no podía separarse sin motivarlo necesariamente".

No se ajusta a derecho en algunos aspectos

Sin embargo, el tribunal entiende que ese informe negativo del órgano ambiental no se ajusta a derecho en algunos aspectos. Así, no puede cuestionar la elección del emplazamiento para el proyecto --en el corredor de la CV-35--, pues eso ya fue objeto de un acuerdo firme del Consell en enero de 2013.

También resultan incuestionables por el mismo motivo la justificación de consumo de suelo y la incidencia económica del proyecto, que "precisamente ha determinado que tal actuación pueda merecer la consideración de Territorial Estratégica".

Los magistrados rechazan igualmente las objeciones que hacía la memoria ambiental sobre la afectación del tráfico en el enlace de la A-7 con la CV-35, la zona de protección reservada para este último vial y la ubicación del encauzamiento del barranco de En Dolça.

"La Sala no puede ni ordenar a la Administración que apruebe el plan, con estas carencias, insuficiencias e indeterminaciones ambientales, ni imponer al órgano ambiental una determinada solución para cada una de las cuestiones que se plantean", argumenta la sección primera de lo Contencioso del TSJCV.

Pero al mismo tiempo, el informe elaborado por dicho órgano "no es consistente", ya que incluye por un lado "apreciaciones que no son estrictamente de su competencia" y, por otra parte, no resuelve "explícitamente sobre las cuestiones terminantemente ambientales", concluyen los magistrados.

Abogacía de la Generalitat valora recurrir

Desde la Conselleria de Obras Públicas, que dirige el conseller Arcadi España, han indicado a Valencia Plaza que Abogacía de la Generalitat está estudiando y analizando la sentencia por si recurre esta decisión judicial. "Acabamos de conocerla y ahora se analizará para ver qué pasos se pueden tomar", indican. 

Compromís Paterna insta a recurrir la sentencia

Compromís por Paterna ha instado a la Generalitat a "continuar protegiendo los intereses de todos los valencianos" y recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para evitar que el proyecto Puerto Mediterráneo "sea una realidad".


Desde Compromís, ha considerado que este fallo "no deja contento a nadie", pues admite que Puerto Mediterráneo "no se ajusta a la legalidad urbanística y medioambiental", pero "deja una puerta abierta" que no les "gusta nada".

En un comunicado, la coalición ha afirmado que se alegra de que TSJCV "no permita que la empresa agote las arcas de los valencianos, con sus pretensiones de indemnizaciones millonarias", pero no entiende cómo el Tribunal considera que los motivos medioambientales que aduce el informe no sean suficientes para acabar con el proyecto.

"Lo que dice la sentencia simplemente es que existe un defecto de forma, un defecto que ahora obliga a que la Generalitat emita un nuevo informe de evaluación ambiental, donde se definan los parámetros incumplidos y los límites que se tienen que cumplir", han manifestado.

En este sentido, han destacado que "queda claro que en ningún momento se dice que Puerto Mediterráneo tenga luz verde".

Para Compromís por Paterna, esos incumplimientos "no tienen ninguna posibilidad de solución por parte de los promotores", como, a su juicio, demuestra que el nuevo proyecto presentado se mantiene los mismos incumplimientos.

En este sentido, han exigido a la Generalitat que "continúe protegiendo los intereses de todos los valencianos y recurra la sentencia para evitar que un proyecto que consideramos únicamente especulativo sea una realidad"

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