VALÈNCIA (EP). La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado la solicitud de varias asociaciones de suspender cautelarmente el decreto de tipologías, que regula tipos y funcionamiento de centros y servicios del sistema público de Servicios Sociales.
La petición había sido presentada por varios colectivos de familiares de enfermos de alzheimer y otras demencias y la Asociación empresarial de residencias y servicios a personas dependientes de la Comunidad Valenciana (Aerte).
Estas entidades aluden a las nuevas ratios cuantitativas y cualitativas de personal que se establecen -y que deben aplicar en un plazo no superior a doce meses desde la entrada en vigor del decreto- y creen que la norma puede causar "perjuicios irreparables", "inseguridad jurídica" y "privilegio injustificado".
Sin embargo, en un auto datado del 4 de julio y consultado por Europa Press, la sala señala que "lo que se tilda como daño irreparable, sería económico y, por consiguiente, en caso de sentencia estimatoria, susceptible de reparación".
Por lo que se refiere a la valoración de los intereses en conflicto, agrega, no aprecia "nítido que la suspensión no genere perjuicio a terceros ni al interés del Estado como afirma la parte actora". Por estos motivos, los magistrados acuerdan denegar la medida cautelar sin imposición de costas.
Desde Aerte, su presidente, José María Toro, ha expresado la "discrepancia" de la patronal de residencias con esta decisión. En este sentido, observa que, "evidentemente, nunca va a haber sentencia antes de empezar a aplicar algunos de los nuevo requisitos que se piden, sobre todo algunos de personal en centros de día y residencias de personas con problemas de salud mental, lo que puede provocar una situación en la que estos usuarios el año que viene deban tener esas nuevas ratios y, sin embargo, no haya sentencia judicial".
Asimismo, Toro recalca, en declaraciones a Europa Press, que tampoco comparten que todos los posibles daños se puedan compensar económicamente.
"Nosotros lo que planteábamos en la solicitud de medidas cautelares -detalla- es que puede haber personas que cuando entre en vigor la nueva ratio de personal no puedan sostener el coste que supone el precio de la nueva plaza y que, por lo tanto, tendrán que dejar de ser atendidas en estos centros o que no podrán acceder a ellos".
"Es decir, si una persona fallece y no ha podido recibir el servicio que necesitaba en un centro de mayores, por ejemplo, eso no puede ser resarcido económicamente", concluye.