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Los Estados tendrán 30 meses para transponer sus disposiciones a su legislación nacional

La UE acuerda sanciones disuasorias para vertidos ilegales de sustancias contaminantes en el mar

Foto:  NICOLAS MAETERLINCK/BELGA PRESS/CONTACTOPHOTO
16/02/2024 - 

VALÈNCIA (EP). El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado este viernes un acuerdo sobre una directiva revisada sobre la contaminación procedente de los buques que incluye sanciones disuasorias para vertidos ilegales de sustancias contaminantes como parte del paquete legislativo sobre seguridad marítima.

La directiva revisada incorpora estándares internacionales en la legislación de la UE, garantizando que los responsables de vertidos ilegales de sustancias contaminantes estén sujetos a sanciones disuasorias, efectivas y proporcionadas para mejorar la seguridad marítima y proteger mejor el medio marino de la contaminación causada por los buques.

En general, dotará a la UE de herramientas modernas para apoyar el transporte marítimo limpio, alineando las normas de la UE con las normas internacionales y garantizando la igualdad de condiciones para el sector marítimo, al tiempo que mejorará la implementación y el cumplimiento a través de un marco de cooperación mejorado entre las autoridades europeas y nacionales.

El acuerdo provisional debe ser aprobado por ambos colegisladores antes de la adopción formal de su adopción formal en el Parlamento Europeo y el Consejo. Los Estados miembro tendrán 30 meses después de la entrada en vigor de la directiva revisada para transponer sus disposiciones a su legislación nacional.

Foto: EUROPA PRESS/CONTACTO/ZHAO DINGZHE

La revisión ampliará el ámbito de aplicación de la directiva actual para cubrir los vertidos ilegales de sustancias nocivas envasadas, las aguas residuales, la basura y las aguas y residuos vertidos y separará el régimen de sanciones administrativas del régimen de sanciones penales consagrado en el nuevo proyecto de directiva sobre delitos medioambientales.

Asimismo, establecerá un marco jurídico reforzado para las sanciones y su aplicación efectiva que permita a las autoridades nacionales garantizar una imposición disuasoria y coherente de sanciones a los incidentes de contaminación procedente de buques en todos los mares europeos.

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