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apunta a la extinción de los contratos

Un informe de la Abogacía del Estado avala el despido del personal del Consorcio Valencia 2007

1/02/2024 - 

VALÈNCIA. Un informe de la Abogacía del Estado avala el despido de 27 trabajadores que forman parte del personal del Consorcio Valencia 2007, en proceso de extinción. Así lo recoge el documento, que recuerda la asunción por el Estado de la deuda que el organismo tenía en vigor  con el ICO por la America's Cup y que, tras ser condonada por el Estado, desembocó en un proceso de disolución y liquidación del ente.

En este sentido, el documento señala que se trata de personal laboral, por lo que la desaparición del ente llevará a la extinción de los contratos del mismo. Éstos trabajadores, que no pertenecían a ninguna de las administraciones consorciadas previamente a la constitución del organismo, ya empezaron hace años en una reivindicación en la que se acogen a un convenio firmado en 2017 para evitar los despidos pero que, según apuntaba Las Provincias, no fue registrado por la Autoridad Laboral.

Los afectados señalan que en el Capítulo XVI, en el artículo 78 y siguientes, se recoge la subrogación del personal, como figura diferenciada y distinguible de la sucesión empresarial, y que no está establecida por la vía legal, sino exigida a través de la negociación colectiva. Sin embargo, a pesar de la alusión a que este documento fue negociado por representantes sindicales y el equipo de Llorens, terminó por no registrarlo con el desconocimiento de los trabajadores.

El informe alude a dos cuestiones en el proceso de cómo afecta esta extinción a los trabajadores. En primer lugar, el carácter jurídico laboral que los trabajadores mantienen con el consorcio, que es el laboral. Segundo, el tipo de disolución que se ha acordado por la entidad. "La distinción entre una y otra modalidad tiene importantes consecuencias ya que mientras la disolución ordinaria o con liquidación conlleva la extinción y pérdida de la personalidad jurídica del consorcio por el cese absoluto de su actividad, en cambio, solo la disolución por cesión global de activos y pasivos a otra entidad del sector público abriría la posibilidad de aplicar el supuesto de sucesión de empresas a que se refiere el art. 44 ET", señala el documento. 

Sin embargo, se optó por el primero, ya que el fin para el que fue creado el consorcio ya no está vigente tras la condonación de la deuda, lo que aboca al señalado despido y que éstos no pasen a formar parte del personal de la Autoridad Portuaria de Valencia, quien se encargará de la gestión de espacios en buena parte por la vuelta a su propiedad junto a la empresa ganadora del concurso de explotación de las instalaciones náutico-deportivas. Esto se dará hasta que se concrete el nuevo organismo gestor que coordinará la actividad en la Marina de València.

Los trabajadores entendían que sus derechos pasan por formar parte de la nueva entidad que gestione la Marina de València, pero a la que el Ayuntamiento de València todavía no ha dado forma. Sin embargo, habrá personal de servicios más concretos como los náuticos que sí terminarán subrogados. Este mismo miércoles, la Autoridad Portuaria cambiaba las bases para clarificar la subrogación en la empresa concesionaria del citado concurso de amarres, e incluía marinería, seguridad y vigilancia y mantenimiento de los sistemas necesarios para ello, además de mantenimiento y conservación de espacios verdes, limpieza o jardinería.

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