Hoy es 22 de noviembre
GRUPO PLAZA

no se valoró el currículum y la memoria en el proceso

Un juez anula un nombramiento de libre designación de Montón

25/04/2018 - 

VALÈNCIA (EP). El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de València ha anulado la resolución de la Conselleria de Sanidad por la que se proveyó la plaza de director de Centro del Servicio de Emergencias Sanitarias de Valencia por el procedimiento de libre designación y ordena retrotraer el procedimiento al momento en el que se produjo el vicio invalidante y que se valoren los méritos y la memoria y se dicte una nueva resolución nombrando a quien corresponda y se cumplan los requisitos de motivación.

Así consta en una sentencia contra la que cabe recurso de apelación y en el que se imponen las costas a la demandada, hasta un límite de 500 euros. El sindicato CSIF se ha congratulado de que su trabajo en este caso haya dado sus frutos. La demandante, según el fallo consultado por Europa Press, había alegado "falta de motivación" y "desviación de poder" por lo que pedía anular el nombramiento y que se valoraron los méritos y memoria de aspirantes.

Por su parte, la administración se opuso alegando que se trataba de un procedimiento de libre designación -en el que se había designado a Pere Herrera- que no exige una confrontación de los méritos alegados, además de consta en el expediente administrativo la motivación de la resolución "escueta pero suficiente".

El juez, en la resolución, en la que cita sentencias de Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, señala que tal y como puso de manifiesto la demandante, la decisión adoptada "carece de la motivación exigida pues para ello se requiere una valoración singularizada de cada uno de los méritos profesionales del aspirante seleccionado, en relación contrastada con los correlativos méritos aducidos por los restantes aspirantes y justificar así las razones de las que deriva la mayor idoneidad profesional del primero frente a los demás".

Y hasta que esas "mínimas exigencias no se lleven a cabo, el nombramiento no puede tener validez ni, por tanto, desplegar los efectos que le son propios". Por ello, estima la demanda y anula la resolución, al tiempo que ordena que se retrotraiga el procedimiento al momento en que se valoren esos méritos.

"Malas prácticas"

En un comunicado, el sindicato CSIF ha lamentado que la Conselleria de Sanidad que dirige Carmen Montón "vuelva a ser noticia por sus malas
prácticas en materia de recursos humanos" y ha asegurado que se trata "de otro varapalo judicial que demuestra que mientras predica transparencia, Sanidad está multiplicando los enchufes y lo hacen a cara descubierta".

"La Justicia actúa ahora en uno de estos casos y ha ordenado que se repita un proceso de selección público por estar manipulado y presentar irregularidades flagrantes", según ha apuntado, ya que asegura que en este caso, "había otros candidatos con mayor idoneidad académica y una experiencia muy superior a la del candidato de Conselleria".

Al respecto, afirma que "tal era la seguridad de Sanidad en que resultaría vencedor, que ya lo había nombrado provisionalmente nueve meses antes para que le fuese suficiente con esos meses acumulados de experiencia". "Sin embargo, no basta con tener un bagaje profesional muy respetable, puesto que se trata de un concurso y los jueces han comprobado cómo se valoraron más nueve meses de experiencia que 15 años, o un curriculum correcto pero discreto para el puesto concreto, frente a una extensísima formación en la materia", ha manifestado.

El sindicato subraya que la gestión del Servicio de Emergencias Sanitarias "es uno de los puestos más sensibles de la Sanidad en Alicante, Castellón y Valencia ya que de su dirección dependen los SAMU de las tres provincias y de su coordinación, eficacia y rapidez, el éxito de la donación de órganos y trasplantes".

Noticias relacionadas

next

Conecta con nosotros

Valencia Plaza, desde cualquier medio

Suscríbete al boletín VP

Todos los días a primera hora en tu email


Quiero suscribirme

Acceso accionistas

 


Accionistas