intentó montar un negocio tecnológico en san vicente tras volver de irak

Un militar con secuelas estafado por 'gurús' digitales cancela una deuda de 32.000 euros

28/11/2023 - 

ALICANTE. Tras regresar con secuelas psicológicas de su última misión en Irak, un militar de la localidad alicantina de San Vicente del Raspeig decidió que era hora de cambiar de vida. Después de valorar diversas opciones para reciclarse laboralmente, el joven decidió apostar por las nuevas tecnologías tan en boga. Pero tuvo la mala suerte de cruzarse con unos supuestos 'gurús' digitales, que le prometieron unos ingresos estratosféricos si primero invertía un dinero que no tenía en sus cursos de formación.

La deuda generada por estos cursos, casi 32.000 euros, y la ausencia de los ingresos prometidos por los supuestos 'gurús' daban al traste con el plan del afectado para cambiar de vida, al no poder devolver los créditos. Sin embargo, el pasado mes de octubre el Juzgado de Primera Instancia número 1 de San Vicente del Raspeig lo exoneró completamente de dicha deuda (que nadie puede reclamarle ya por ninguna vía ni ejecutar en modo alguno), al aplicar la Ley de Segunda Oportunidad. El pasivo insatisfecho una vez liquidados los activos del concursado, así, deja de pesar sobre su proyecto de vida.

El beneficiario de la sentencia, asistido por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, intentó primero llegar a un acuerdo con los acreedores (fundamentalmente el BBVA) para aplicar una quita a su deuda, una vez declarado en concurso y suspendida la obligación de atender pagos a acreedores (y paralizada cualquier ejecución de embargo). Una propuesta que, al margen de demostrar la buena fe del deudor (como exige la Ley de Segunda Oportunidad), fue rechazada por los acreedores, lo que abrió la puerta a solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho.

Así, la juez dictó el pasado 18 de octubre la sentencia en la que declara "finalizada la fase de liquidación y la conclusión por insuficiencia de la masa activa y archivo del concurso", y en la que "se otorga el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, que alcanzará a los créditos concursales ordinarios y subordinados pendientes de pago". Dado que el auto del juzgado es firme, no cabe recurso alguno, aunque se podría interponer recurso de reposición respecto de la exoneración del pasivo insatisfecho. En todo caso, ningún acreedor alegó durante la fase de concurso a la petición de exoneración.

Malas decisiones y ayuda piscológica

La pesadilla para este militar alicantino comenzó cuando "unos gurús de este mundillo le animaron a invertir en cursos de formación con la idea de conseguir unos ingresos que nunca llegaron", relatan desde la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. "Solicitó diferentes préstamos con la esperanza de poder devolverlos cuando comenzase a recibir ingresos, pero como nunca llegaron se vio inmerso en una pesadilla muy real, sin trabajo y con las deudas aumentando". Pero "con la ayuda psicológica que necesitaba aceptó que estas malas decisiones no podían suponer el fin de su idea principal: cambiar de vida y dejar el ejército".

Fue entonces cuando acudió a la citada asociación, entidad de ámbito nacional especializada en este tipo de casos. Tras estudiar su caso, los abogados le aconsejaron declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Esto generó un alivio en el deudor al permitirle ahorrar mes a mes, tras suspenderse las obligaciones de pago y los posibles embargos. El 'fracaso' en el intento de convenio con sus acreedores fue en realidad una buena noticia, pues permitía solicitar la exoneración del 100% de la deuda a los Juzgados, dándole la ansiada segunda oportunidad que esperaba.

Requisitos

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico. Esta resolución definitiva dictada el 18 de octubre concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 31.933,66 euros. Desde entonces, los acreedores del asociado -entre otros BBVA- no podrán reclamar ningún pago más al ya exdeudor ni incluirlo en ficheros de morosos.

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