València aprueba ayudas para impulsar y preservar la actividad de los artistas falleros

14/06/2024 - 

VALÈNCIA (EP). La Junta de Gobierno Local (JGL) de València ha aprobado este viernes destinar 250.000 euros a impulsar y preservar la actividad económica de los artistas falleros que desarrollen su actividad en la ciudad.

A las ayudas, que se incluyen en las subvenciones municipales "Emprendimiento tradicional: artistas falleros 2024", podrán optar tanto las personas físicas o jurídicas como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y cumplan los requisitos contemplados en las bases.

Sólo se admitirá un máximo de una solicitud por autónomo o persona jurídica o entidad, informa el consistorio.

La delegada municipal de Emprendimiento, Cecilia Herrero, ha explicado que estas subvenciones pretenden apoyar a los sectores económicos vinculados directamente con las fiestas tradicionales de la ciudad como son las Fallas.

Herrero ha defendido que "es fundamental garantizar la continuidad de estos oficios y negocios tradicionales que se encuentran en la base de nuestras fiestas y tradiciones y que tienen un impacto económico de vital importancia para València".

Gastos corrientes

Se concederá una cuantía de hasta 5.000 euros por solicitud destinada a sufragar el 100 % de los gastos corrientes contemplados en la convocatoria como subvencionables y justificados; y la concesión de ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, por orden de presentación y hasta agotar el crédito disponible.

Cuando el número de solicitudes satisfechas agote el crédito destinado a esta convocatoria, el importe de la última ayuda concedida podrá ser inferior a la cuantía establecida, pero en ningún caso inferior a 500 euros.

Las solicitudes se presentarán únicamente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, para lo que se deberá disponer de firma electrónica avanzada con un certificado.

El plazo de presentación será de 20 días naturales desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Serán subvencionables los gastos corrientes como nóminas, seguridad social a cargo de la empresa y cuota de autónomo; alquiler de locales para el ejercicio de la actividad y equipos necesarios para el desarrollo de la misma; cursos de formación; servicios de gestoría, asesoramiento o consultoría; identidad corporativa; y publicidad; entre otros.

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