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El Constitucional anula la disposición que blindó a Pablo Iglesias en la comisión del CNI

  •  El exsecretario general de Podemos, Pablo Iglesias, lee un libro tras cortarse el pelo. FOTO: DANI GAGO  

VALÈNCIA. (EP) El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado la inconstitucionalidad y la nulidad de la disposición incluida en el real de decreto de medidas económicas para hacer frente al covid 19 que se aprobó entonces, de una cláusula que "blindó" la presencia del entonces vicepresidente segundo Pablo Iglesias en la comisión que parlamentaria que controla el Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

La sentencia, que responde a un recurso de Vox y de la que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano, considera que no concurre en el presente caso este presupuesto inexcusable, la extraordinaria urgencia y necesidad, que habilita al Gobierno para acudir al instrumento legislativo del Decreto-ley, obviando el procedimiento legislativo ordinario o de urgencia, para regular dicho nombramiento.

El magistrado Cándido Conde-Pumpido ha anunciado un voto particular que se conocerá junto a la sentencia en los próximos días.

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