Mercados

Ávoris y Nautalia recurren a la multa de la CNMC por repartirse contratos

  • Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
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MADRID (EP). Ávoris y Nautalia Viajes han confirmado que recurrirán a la multa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por manipular contratos convocados por el Banco de España y la Universidad Complutense de Madrid (UCM) en 2021 y 2022, junto con Viajes El Corte Inglés e IAG7 Viajes.

Así lo han confirmado a Europa Press ambas empresas, que han sido sancionadas con 850.000 y 740.000 euros, respectivamente, por repartirse ambos contratos, al igual que Viajes El Corte Inglés, multada con 690.000 euros.

En concreto, Ávoris destacó la semana pasada que el asunto "no es firme" y que ha recurrido la multa al considerar que "no asiste a razón".

Por su parte, IAG7 Viajes, objeto de sanción por el primer contrato, ha recibido una multa de 630.000 euros. Por tanto, la sanción total de la CNMC a las cuatro agencias de viajes suma 2,91 millones de euros.

En su resolución, además, Competencia ha impuesto la prohibición de participar en concursos públicos durante seis meses a Nautalia, Viajes El Corte Inglés y Ávoris Retail, y durante tres meses a IAG7. Es la cuarta resolución en la que fija directamente el alcance y duración de la prohibición de contratar.

Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Reparto de licitaciones

Entre el 21 y el 25 de octubre de 2021, IAG7, Nautalia, Viajes El Corte Inglés y Ávoris Retail acordaron no presentarse a una licitación del Banco de España --de servicios de agencia de viajes integrados de forma fija en su oficina (expediente 21/04609)-- para que quedara desierta y se volviera a convocar con mejores condiciones.

Con respecto al otro contrato, entre el 3 y el 31 de octubre de 2022, Nautalia, Viajes El Corte Inglés y Ávoris Retail acordaron repartirse de forma rotatoria los encargos del personal de la Universidad Complutense de Madrid. Cuando la UCM emitía una solicitud de viaje y/o alojamiento, solo recibía una oferta en vez de tres, lo que disminuyó tanto las opciones de los usuarios como los incentivos de las agencias para competir.

"Este tipo de acuerdos están prohibidos en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia y en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea", ha señalado desde Competencia.

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