El TSJCV da la razón al Ayuntamiento de Sueca y avala la aplicación del IBI de 2025

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La justicia considera legal la tramitación del impuesto que el gobierno local aprobó "para poder seguir prestando los servicios que demanda la ciudadanía después de heredar un ayuntamiento en números rojos"

  • Comparecencia del gobierno municipal.
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VALÈNCIA. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dado la razón al Ayuntamiento de Sueca en el recurso de apelación presentado contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valencia, que había cuestionado la modificación de la ordenanza fiscal del Impuesto sobre Bienes inmuebles (IBI) y la aplicación de la subida correspondiente al ejercicio 2025.

La resolución del TSJCV supone, por lo tanto, la revocación del criterio mantenido en primera instancia y avala la actuación municipal en relación con la aplicación del IBI. “Considera esta Sala que la modificación de la Ordenanza Fiscal en ningún caso tiene que motivar o justificar, para su aprobación, la no adopción de las medidas del art. 193 referidas, precepto que resulta incompatible con el que declara en el artículo 72 TRLHL, en el que se reconoce al Ayuntamiento autonomía para fijar el tipo de IBI dentro de determinados límites”, sostiene la sentencia, que añade que “no cabe exigir que la Ordenanza incorpore una motivación específica para justificar que se haya optado por el incremento del tipo de gravamen frente a otras posibles medidas de reducción del déficit, más cuando el citado incremento, como ha quedado expuesto, se encuentra dentro de los límites del artículo 72 y, además, existe en el expediente administrativo un informe técnico justificándolo”.

La sentencia también es muy clara cuando dice que “trasladar el enjuiciamiento del citado incremento al ámbito de los presupuestos municipales, a través de una impugnación indirecta de la Ordenanza fiscal, y pretender que la motivación de esta pase por los preceptos 170.2 y 193 TRLHL, preceptos que se vinculan en el capítulo relativo a estos presupuestos, supone, según el parecer de esta Sala, una desviación del alcance de la impugnación indirecta del artículo 26 LJCA y esto tiene que comportar la estimación del recurso de apelación interpuesto, revocando la sentencia apelada y desestimando, en su lugar, el recurso contencioso-administrativo formulado”.

Para el gobierno municipal, este pronunciamiento judicial confirma que el Ayuntamiento actuó dentro de la legalidad y que el IBI correspondiente al ejercicio 2025 se aplicó de acuerdo con la ordenanza fiscal aprobada por el consistorio y avalada por informes técnicos. La sentencia de primera instancia había anulado la modificación de la ordenanza que permitió el incremento del tipo del IBI y había generado una situación de incertidumbre entre los contribuyentes. Aquella resolución, sin embargo, no era firme y el Ayuntamiento defendió desde el primer momento la legalidad de su actuación y presentó el correspondiente recurso ante el TSJCV.

El gobierno exige una rectificación a la oposición

El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Sueca lamenta especialmente la situación generada durante los últimos meses y considera que determinados mensajes trasladados por miembros de la oposición contribuyeron a crear entre la ciudadanía la expectativa de que los importes pagados en concepto de IBI tenían que ser devueltos.

En este sentido, el gobierno municipal recuerda que, después de la sentencia de primera instancia, se difundieron públicamente llamamientos para que los contribuyentes iniciaran reclamaciones de devolución del incremento del IBI. "Respetamos absolutamente el derecho de la oposición a criticar las decisiones del gobierno y a defender sus alternativas, pero consideramos que informar a la ciudadanía de que podía reclamar la devolución del IBI como si esta devolución estuviera ya reconocida era, como mínimo, una actuación apresurada que obedecía exclusivamente a intereses partidistas", señala el gobierno municipal.

Ahora, con la resolución del TSJCV favorable al Ayuntamiento, el gobierno considera necesario poner todos los datos encima la mesa y corregir la confusión interesada que desde la oposición han querido generar.

Una necesidad económica

El Ayuntamiento de Sueca ha mantenido durante todo el procedimiento que la modificación del IBI respondía a las necesidades económicas del municipio y que había sido aprobada y aplicada conforme al procedimiento legal correspondiente. La resolución del TSJCV da ahora respuesta al recurso planteado por el consistorio y establece un criterio diferente al mantenido inicialmente por el juzgado de primera instancia.

Para el gobierno local, "esta resolución judicial permite cerrar una controversia que ha generado dudas entre muchos contribuyentes a raíz de la irresponsable actitud de la oposición" y confirma que "no había ninguna irregularidad en la aplicación del IBI de 2025 que justificara engañar a la ciudadanía presentando la devolución del impuesto como un hecho garantizado".

"Nuestra obligación es gobernar con responsabilidad, defender los intereses de Sueca y cumplir la legalidad. Lo hicimos cuando aprobamos la modificación del IBI, lo defendimos ante los tribunales y ahora el TSJCV nos da la razón", asegura el equipo de gobierno que siempre ha defendido que la modificación del impuesto se tuvo que hacer “para poder seguir prestando los servicios que demanda la ciudadanía después de heredar un ayuntamiento en números rojos".

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