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Inspección de Trabajo pide a Educación corregir deficiencias de salud laboral en el IES Berenguer Dalmau

STEPV critica "la falta de planificación preventiva por parte de Educación" en la gestión de los centros afectados por la Dana

  • Imagen de archivo de aulas prefabricadas para acoger alumnado de centros educativos afectados por la Dana.
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VALÈNCIA (EP). La Inspección de Trabajo ha realizado un requerimiento a la Conselleria de Educación para que aplique medidas que corrijan deficiencias de salud laboral detectadas en el IES Berenguer Dalmau de Catarroja.

Así figura en un oficio fechado este jueves, 12 de marzo, en el que el organismo da respuesta a la denuncia presentada por el Sindicat de Treballadors i Treballadores de l'Ensenyament del País Valencià (STEPV).

El sindicato recuerda, en un comunicado, que este centro actualmente funciona en instalaciones provisionales después de los daños causados por la Dana del 29 de octubre de 2024.

Inspección insta a la administración educativa a realizar una nueva evaluación de riesgos y planificación preventiva del centro, elaborar un protocolo ante temperaturas extremas y otros fenómenos meteorológicos adversos, adoptar medidas para corregir las condiciones ambientales inadecuadas, estudiar la potencia eléctrica disponible para garantizar el funcionamiento de los equipos de climatización y asegurar la formación preventiva y la vigilancia de la salud del personal, enumera la organización sindical.

Entre las observaciones de la Inspección, se recuerda que la nueva óptica de la prevención parte de la consideración de que la seguridad y salud en el trabajo pasa necesariamente por la elaboración de un instrumento previo y esencial, sobre el que se sustentan todas las restantes actividades preventivas, esto es, la evaluación de riesgos, que permite un conocimiento completo, preciso y adecuado de los riesgos laborales presente en el centro de trabajo, y facilita la planificación posterior de las medidas a desarrollar para evitar o reducir los riesgos detectados.

En el escrito, consultado por Europa Press, se añade que el IES Berenguer Dalmau, en su actual ubicación, "no dispone de los citados instrumentos de gestión", ya que se facilitó por la Dirección Territorial de Educación una evaluación de riesgos del citado centro, de fecha 23 de mayo de 2022, que viene referida al emplazamiento original del instituto que fue gravemente afectado por la Dana y que desapareció, por lo que "ha perdido toda su vigencia al venir referida a un centro de trabajo inexistente en la actualidad".

Además, insta a incluir el riesgo asociado a Fenómenos Meteorológicos Adversos (FMA), entre ellos, por temperaturas extremas en época estival y su posible incidencia en las condiciones de seguridad y salud del personal adscrito.

En cuanto a las condiciones ambientales del centro educativo, construido a base de módulos prefabricados, señala que cuentan con climatización independiente tipo SPLIT (frío/calor), extremo, sin duda, que facilita que se cumpla, tanto en invierno como en verano, con los parámetros ambientales establecidos por el apartado 3 del Anexo III del RD 486/1997, de 14 de abril, Reglamento de lugares de trabajo.

Puntualiza que solo hay un espacio, que carece de climatización, donde la temperatura no se adecúa a la reglamentaria: el pasillo que recorre toda la longitud del edificio en ambas plantas, en el que hay registros de temperatura en invierno de 9ºC y en época estival de más de 32ºC.

En este pasillo concurre la particularidad que alberga un puesto de trabajo en cada planta; se trata del puesto de "guardia", situado en un extremo donde se ubica una mesa y una silla y que es desempeñado por el personal docente, que se turna cada 50 minutos (hora lectiva) y que tiene como cometido regular el orden del alumnado al salir o entrar en las aulas.

Consecuentemente, expone, "deberán adoptarse medidas técnicas u organizativas tendentes a corregir las bajas temperaturas a las que resulta expuesto este personal en invierno y las altas temperaturas, derivadas de la radiación solar, en época estival para lo que da un plazo de dos meses". El mismo plazo dispone para que el Departamento de Infraestructuras Educativas elaboren un estudio específico en el que se analice la potencia eléctrica.

Por último, se hace notar que no se ha constatado de la documentación examinada que se haya impartido información y formación al personal adscrito al IES sobre los riesgos a los que están expuestos y las medidas preventivas aplicables, lo que debe acreditarse en tres meses. Tampoco consta acreditado, apostilla, que se haya planificado la vigilancia de la salud del personal y que se hayan efectuado los reconocimientos médicos "en clara contravención de lo establecido al respecto por el artículo 22.1 de la ley de Prevención de Riesgos Laborales y artículo 37.3 del RD 39/1997, de 17 de enero".

"Incumplimiento sistemático"

"El incumplimiento sistemático por esa Conselleria de la obligación de realizar los controles periódicos de la salud de su personal, sin duda, afecta al derecho a la protección de la salud de los ciudadanos reconocido en el artículo 43 de la CE, y vulnera el derecho a la vigilancia inicial y periódica del estado de salud del personal de este centro educativo en función de los riesgos inherentes al trabajo, por lo que se deben arbitrar los mecanismos necesarios para cumplir con esta importante obligación preventiva", advierte.

STEPV valora que la Inspección de Trabajo haya actuado ante la reclamación y "haya confirmado la necesidad de intervenir para garantizar unas condiciones de trabajo seguras y saludables en el centro".

Sin embargo, considera que esta situación "pone de manifiesto la falta de planificación preventiva por parte de la Conselleria de Educación en la gestión de los centros afectados por la barrancada, especialmente en instalaciones provisionales donde el personal docente y el alumnado pasan muchas horas cada día".

Por eso, STEPV exige en el departamento de Campanar, "cumpla íntegramente y dentro de los plazos establecidos el requerimiento de la Inspección de Trabajo y adopte todas las medidas necesarias para garantizar unas condiciones adecuadas de seguridad y salud laboral en este centro y en el resto de centros educativos afectados por situaciones similares".

En la misma línea, exige que "se refuerce la planificación preventiva en el sistema educativo valenciano, asegurando que cualquier reubicación o instalación provisional derivada de emergencias como la Dana incorpore desde el primer momento una evaluación de riesgos completa y las medidas preventivas correspondientes".

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