La Audiencia confirma la exoneración del técnico municipal por el hinchable de Mislata

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VALÈNCIA (EFE). La Audiencia de Valencia ha confirmado la exoneración del ingeniero técnico municipal en la causa por el fallecimiento de dos niñas de 4 y 8 años en un castillo hinchable que se vio levantado por una fuerte racha de viento el 4 de enero de 2022 en Mislata (Valencia).

En un auto al que ha tenido acceso EFE, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por los padres de una de las niñas fallecidas contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 4 de Mislata de sobreseer las actuaciones respecto de este técnico.

Los padres de Vera, la menor de 4 años, alegaron que no se había presentado declaración responsable para la feria de Navidad, que no se aportó un informe del Organismo de Certificación Administrativa (OCA) y que el expediente tramitado se refería a la feria de verano y se situaba en una localización distinta.

La Audiencia reconoce la existencia de contradicciones en la normativa autonómica, pero apunta a la consulta planteada en 2019 por el Ayuntamiento para aclarar las dudas en cuanto a la ley de Espectáculos Públicos de 2010 y la ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de 2015.

El jefe de servicio de Espectáculos de la Dirección General de la AVSRE remitió un escrito al Ayuntamiento en el que, entre otras cosas, señalaba que una instalación como el hinchable "puede funcionar desde el día de la presentación de la declaración responsable sin más requisitos formales al efecto".

Añadía que el Ayuntamiento "posee la facultad de inspeccionar la instalación y, si se detectase algún defecto (sustancial o no) adoptará las medidas pertinentes que procedan (incluida, si así resulta, la suspensión o cierre de la actividad)".

En este sentido, concluía que el Ayuntamiento "puede o no proceder a la inspección de la instalación a tenor de sus medios personales (técnicos o policiales), o de la presentación de certificado del OCA o de confianza que le otorgue el organizador por poner unos ejemplos".

Para la Audiencia de Valencia "es claro que, según la citada respuesta, el Ayuntamiento no tenía una obligación de inspeccionar el funcionamiento de la actividad si se presentaba la declaración responsable con toda la documentación legalmente exigida", y añade que entre esa documentación "no era obligatorio que se incluyera un certificado de OCA".

Los padres de la menor alegaban que ese escrito de 2019 es contrario la ley de Espectáculos Públicos, una interpretación que el tribunal ve "discutible" en la medida en que la ley de 2010 establecía esa comprobación obligatoria antes de la emisión de la licencia de apertura y la ley de 2015 establece que la presentación de la declaración responsable permite el inicio de la actividad.

Así, considera que "la única licencia exigible era la de ocupación, mientras que la licencia de actividad quedaba sustituida por la declaración responsable con su documentación anexa, sin que fuera necesaria la expedición de una licencia de actividad para que se iniciara ésta".

La Audiencia reconoce que la documentación aportada por los responsables de la feria "es mejorable y hasta confusa", pero afirma que se presentaron escritos que "de forma explícita" reflejaban su voluntad de que se le permitiera ocupar la vía pública en la plaza de la Llibertat de Mislata para instalar la feria de Navidad y de iniciar la actividad una vez instalada.

También se presentó a tal efecto toda la documentación requerida con relación a cada una de las atracciones que se iban a instalar y al conjunto de la feria, asegura.

Por todo ello, considera que "no puede derivarse ninguna responsabilidad penal a un funcionario que da cumplimiento a lo que se ordena en disposiciones (circular y respuesta a una consulta) que para él son de obligado cumplimiento y que, desde luego, no resultan manifiestamente ilegales o arbitrarias".

En definitiva, indica la Audiencia, el técnico "no tenía más obligación que la de examinar y comprobar la documentación aportada", y señala que de los proyectos aportados a los expedientes "no podía desprenderse una defectuosa valoración de las condiciones de la instalación o la omisión de aspectos esenciales de la misma (como la ubicación de la feria en distinto lugar) que pudieran sugerir de manera vehemente la necesidad de llevar a cabo esa inspección".

"No puede estimarse suficientemente justificada la responsabilidad penal que se reprocha al técnico ni siquiera en el nivel indiciario propio de este momento procesal", asegura.

Indignación y decepción de los padres de una de las niñas

Los padres de Vera han mostrado su "indignación" con este auto y su "decepción" con una justicia que, según han afirmado a EFE, "no ha querido apuntar a los poderosos, a quienes tenían los recursos para garantizar la seguridad de la feria".

"Todos los informes de la Policía y los peritos apuntan a la responsabilidad del Ayuntamiento, también la declaración del técnico de Fiestas de Mislata que dejó claro que la licencia de ocupación de vía publica no debía ser suficiente para abrir la feria", aseguran.

También lamentan que la justicia "se excuse en la confusión de las normas para dejar fuera de la causa a un Ayuntamiento al que nunca ha pedido explicaciones", y no comparten las "interpretaciones" hechas por el juzgado y por la Audiencia provincial.

"No es justo que no lleguen a juicio todos los que, por acción o por omisión, contribuyeron a que nuestra hija perdiera la vida en la feria de Mislata", denuncian.

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