Alicante

Anticorrupción indaga en la venta del suelo de las VPP de Alicante con la declaración de 4 promotores

Solicita el testimonio de representantes de las cuatro compañías que compitieron con Residencial Les Naus por la compra del solar municipal: Edificio Teulada, Livanto Mediterránea, Inurban y Quatro Carreres Plaza. Además, también pretende que se interrogue a los responsables de Block Arquitectura y de Provía que presentaron recurso contra el concurso.

  • El edificio de viviendas de VPP de Residencial Les Naus, en Alicante.
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ALICANTE. La investigación de la Fiscalía Anticorrupción sobre las supuestas anomalías registradas en la gestión y venta de las viviendas de protección pública (VPP) de iniciativa privada construidas por la cooperativa Residencial Les Naus sobre un solar enajenado por el Ayuntamiento de Alicante en un proceso que se alargó entre 2018 y 2022 pone el foco ahora en el origen del proyecto: la venta de esa parcela municipal, situada en el distrito de Playa de San Juan.

Los fiscales Pablo Romero y Fran Marco han cursado una nueva solicitud de práctica de prueba ante la jueza que instruye las diligencias con la intención de que se llame a declarar en calidad de testigos a los representantes de las otras cuatro sociedades promotoras que presentaron oferta inicialmente en esa subasta puesta en marcha en el verano de 2018, cerca de cuatro meses después de que el PP asumiese responsabilidades de gobierno tras la ruptura del tripartito y la dimisión del socialista Gabriel Echávarri como alcalde. Con esa petición, se pretende que los responsables de esas cuatro compañías (Edificio Teulada, Livanto Mediterránea, Inurban y una segunda cooperativa, Quatre Carreres Plaza) aporten explicaciones sobre su participación en el concurso, sobre las circunstancias que lo rodearon y sobre cómo prepararon sus respectivas ofertas.

Se trataría de un testimonio relevante con la intención de conocer si pudo producirse alguna posible adulteración en el proceso de adjudicación del solar, y que, además, permitiría conocer los tiempos que requirieron para presentar sus propuestas, toda vez que la alternativa registrada por Residencial Les Naus se registró justo al día siguiente de que se abriese el plazo de presentación, mientras que la segunda interesada (Edificio Teulada) no lo hizo hasta doce días después. Por lo pronto, responsables de Residencial Les Naus han venido argumentando hasta el momento que los requisitos establecidos para registrar oferta no eran excesivamente exigentes, hasta el punto de señalar que se podía preparar en menos de un día. Máxime, según las mismas fuentes, si ya se contaba con la experiencia de un proyecto de otro residencial similar como el que la propia entidad gestora de la cooperativa, Fraorgi, ya había impulsado en otra parcela del PAU 5, bajo la denominación de Residencial Viride.

Al margen de ello, según ha podido confirmar Alicante Plaza, los fiscales Anticorrupción también solicitan a la jueza que se llame a declarar a representantes de las dos entidades que presentaron recurso frente a las bases de ese proceso de venta. Se trata, por un lado de Block Arquitectura -una promotora que no llegó a registrar oferta en el concurso- y, por otro, de la asociación de promotores Provía. Sus recursos apuntaban, básicamente, a la inclusión de una cláusula concreta que no consideraban apropiada: la relacionada con la fórmula a aplicar en el caso de que se registrase un empate entre las puntuaciones obtenidas por dos o más licitadores. En concreto, el concurso establecía que, en ese supuesto, se primaría la oferta que se hubiese registrado en primer lugar. Es decir, que, en esa hipótesis, la beneficiaria habría sido Residencial Les Naus.

Concurso reactivado por sentencia

El registro de esas dos impugnaciones llevó al equipo de gobierno a suspender y anular la convocatoria con la intención de someter el proceso a un mejor estudio. No obstante, Residencial Les Naus impugnó esa decisión en los juzgados. Y tras una primera decisión favorable al Ayuntamiento, y el consiguiente recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) interpuesto por la misma cooperativa, fue el alto tribunal quien avaló la corrección del concurso y la incorporación de esa cláusula de desempate que primaba la antelación en la presentación de la propuesta. En esa resolución, se conminaba al Ayuntamiento a mantener el concurso tal como se convocó inicialmente.

Así, el equipo de gobierno acató el fallo y reanudó el concurso, que concluyó con la adjudicación del solar a Residencial Les Naus, ya en 2022. Para entonces, solo permanecían activas dos de las cinco propuestas que compitieron inicialmente por la compra del solar: la de Residencial Les Naus y la de Edificio Teulada, del Grupo Bonmatí. Con todo, en el acuerdo de adjudicación no fue necesario recurrir a la cláusula de desempate. La propuesta de Residencial Les Naus se convirtió en la mejor puntuada al superar a la oferta de Edificio Teulada en su propuesta de incorporación de un mayor número de plazas de estacionamiento provistas de sistema de recarga eléctrica: 175 frente a 75.

Más citaciones

Al margen de la solicitud de toma de declaración de esos seis responsables -sobre la que ahora debe decidir la magistrada- Anticorrupción también pide que se acuerde de nuevo la citación de la jefa del servicio territorial de vivienda y del secretario territorial adjunto de vivienda para que vuelven a prestar declaración, a la vista del testimonio ofrecido hace una semana por el funcionario de ese mismo servicio territorial que visó los contratos de los 140 pisos, Roberto Palencia, en el que consideró que había desempeñado su papel de comprobación sin cometer equivocaciones, al aplicar los criterios sobre las condiciones de acceso a una VPP que se habían concertado hasta ese momento respecto a la necesidad de computar o no el nivel de renta de los cónyuges o parejas de los compradores de los pisos. 

Se trata de una solicitud sobre la que también debe resolver ahora la jueza instructora. Por lo pronto, ya ha acordado requerir al Ayuntamiento de Alicante para que aporte a la causa todos los correos remitidos por el Servicio municipal de gestión Patrimonial a la vicesecretaría municipal en el período comprendido entre el 15 y el 31 de enero, ambos inclusive, con los archivos adjuntos que pudiesen incluir. Con ello, se trataría de dilucidar qué comunicaciones se remitieron desde ese servicio y cuál era su contenido, después de que en el expediente figure un primer informe en fase de borrador en el que los máximos responsables de ese departamento alertaban de la existencia de un posible conflicto de interés o posible incompatibilidad al comprobar la identidad de algunos de los compradores de los pisos.

Según ha trascendido hasta el momento, en ese borrador (no firmado por ningún funcionario) se incluían nombres concretos de esos compradores o de personas vinculadas a ellos, entre los que figuraban la exconcejal de Urbanismo, Rocío Gómez, o la exdirectora general de Organización Interna, María Pérez-Hickman, cuyos hijos adquirieron pisos en la promoción. En un segundo informe remitido a la vicesecretaría, no se incluían esos nombres. La jefa del Servicio de Patrimonio, Paloma Romero, aseguró, durante su declaración en el juzgado, la semana pasada, que el primer borrador no debía figurar en el expediente, puesto que se trataba precisamente de un borrador. Con todo, no llegó a explicar por qué en esa primera versión sí aparecían nombres concretos que no aparecían en el informe definitivo.

La instructora también debe resolver, además, sobre la solicitud de personación cursada por la Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas de CGT (FETAP-CGT) para ejercer la acusación popular en la causa, en la misma condición que ya ocupan el grupo municipal del PSOE, representado por el letrado Fernando Cazorla, y el partido Ciudadanos (Cs), representado por los abogados Eduardo García-Ontiveros y Mamen Peris. Hasta ahora, sigue pendiente de resolución el recurso de apelación presentado por la organización Manos Limpias, que también solicitó ejercer la acusación popular, aunque se opone a que se le exiga la presentación de querella y depósito de fianza, como resolvió la instructora para admitir su personación. De igual modo, la magistrada ha rechazado la solicitud presentada por la Generalitat para ejercer la acusación particular al considerar que no había quedado acreditada su condición de perjudicada, entre otros argumentos.

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