Argüeso recurre el auto de la jueza sobre las víctimas de La Torre: "No tenía competencias"

Comunitat Valenciana

  • Emilio Argüeso.
Suscríbe al canal de whatsapp

Suscríbete al canal de Whatsapp

Siempre al día de las últimas noticias

Suscríbe nuestro newsletter

Suscríbete nuestro newsletter

Siempre al día de las últimas noticias

VALÈNCIA (EFE). La defensa del ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso ha recurrido el auto de la jueza de Catarroja, en el que señaló que las muertes en La Torre podrían haberse evitado, al considerar que vulnera su derecho de defensa y a la presunción de inocencia y argumenta que no tenía competencias para convocar el CECOPI.

En un recurso al que ha tenido acceso EFE, el letrado José María Bueno ha recurrido el auto de fecha 13 de octubre en el que la magistrada sostuvo que existían "claros indicios" de que los fallecimientos en la pedanía valenciana de La Torre "podrían haber sido evitados" si la entonces consellera Salomé Pradas y su número dos, Emilio Argüeso, ambos investigados, "hubieran ejercido sus funciones".

A juicio del letrado de Argüeso, este auto "excede el estricto juicio de pertinencia y utilidad regulado en el artículo 777 de la LECrim, realizando imputaciones de responsabilidad penal por omisión y juicios de culpabilidad directos" contra Argüeso y "realiza afirmaciones inciertas acerca de la legalidad aplicable", señala este letrado en un recurso de 16 páginas.

En este sentido, la defensa del exsecretario autonómico indica que las afirmaciones introducidas en el auto por parte de la instructora generan "un gravamen directo, perjudicial a esta representación" y vulneran el derecho a la presunción de inocencia.

En el auto del 13 de octubre, la magistrada determinó que era "difícilmente inteligible" que Argüeso afirmase que "no tenía por qué ir al CECOPI" y que la convocatoria de este se hacía "por la AVSRE (Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias), y que el secretario autonómico es el director de la misma", lo que la defensa califica como "incorrecto y contrario a la verdad".

Según el recurso, Argüeso "carece de habilitación legal y competencia propia para convocar o constituir el CECOPI" ya que "la potestad para declarar el Nivel 2 de emergencia y dictar la orden de constitución del CECOPI correspondía a la consellera competente en materia de protección civil y emergencias, en su condición de Directora del Plan y Mando Único".

"Estando la consellera presente y presidiendo el CECOPI, una vez convocado por ella a las 15:00 horas, y durante toda la tarde del 29 de octubre de 2024, -continúa el letrado- Emilio Argüeso Torres no integraba el Comité de Dirección del CECOPI ni conservaba atribuciones de mando operativo directo".

En esta línea, la defensa del exsecretario afirma que constituye "una quiebra del principio de seguridad jurídica" que la jueza señalase en el auto que la consellera ejercía el Mando Único de la emergencia y que atribuya a Argüeso "una supuesta omisión de funciones de control o seguimiento sobre un órgano (el CECOPI) del que no formaba parte y cuyas competencias ejecutivas estaban legalmente concentradas en la consellera".

Asimismo, el letrado aclara que la presencia o actuación del secretario autonómico en la dirección del CECOPI "solo es posible mediante un acto de delegación o suplencia formal motivado por la ausencia, enfermedad o imposibilidad de la consellera".

También alude en su recurso a una "valoración errónea y descontextualizada" sobre el control del sistema del Es_Alert y advierte que, con el argumentario de la resolución recurrida, "es claro y meridiano que el secretario autonómico no ostentaba capacidad legal ni técnica para redactar, autorizar o emitir mensajes mediante el sistema ES-Alert".

Respecto a las diligencias de investigación acordadas en el auto de la jueza, sobre los requerimientos al Ayuntamiento de València de las comunicaciones con la alcaldía pedánea de La Torre, la defensa de Argüeso aclara que "no se opone al esclarecimiento de los hechos", pero exige que la práctica de dichas diligencias "no parta de premisas incriminatorias falsas".

Recibe toda la actualidad
Valencia Plaza

Recibe toda la actualidad de Valencia Plaza en tu correo