VALÈNCIA (EP). El Consell ha aprobado el decreto que actualiza la regulación de los Servicios de Atención e Información al Paciente del Sistema Valenciano de Salud, vigente desde 2012, para mejorar la calidad de la atención de pacientes y personas usuarias y adaptar su funcionamiento al actual marco organizativo y tecnológico.
La nueva regulación configura estos servicios como el principal canal de relación entre la ciudadanía y la Administración sanitaria. Entre sus funciones se encuentran atender, informar y asesorar a pacientes, ofrecer apoyo ante situaciones de conflicto, facilitar su relación con los profesionales y los servicios sanitarios y tramitar las quejas, sugerencias y agradecimientos que reciban.
Asimismo, velarán por el cumplimiento de los derechos y las obligaciones de pacientes y personas usuarias y colaborarán con las gerencias de los departamentos de salud en el desarrollo de iniciativas dirigidas a mejorar la experiencia del paciente y la calidad de la asistencia sanitaria.
El decreto adapta también estos servicios al modelo organizativo de las agrupaciones sanitarias interdepartamentales y establece protocolos homogéneos de funcionamiento para ofrecer una atención coordinada y equivalente en todos los departamentos de salud.
Atención homogénea, accesible y confidencial
Cada departamento de salud dispondrá de un Servicio de Atención e Información al Paciente, cuya ubicación principal estará en el hospital de referencia. No obstante, parte de su personal podrá prestar servicio en otros centros sanitarios en función del tamaño y las características del departamento.
Los hospitales de atención a pacientes crónicos y de larga estancia contarán con un servicio propio, coordinado con los departamentos de salud. Además, en cada centro sanitario habrá una persona de referencia para facilitar el acceso de la ciudadanía a este recurso, mientras que los centros de salud dispondrán de un referente de admisión para coordinar la información y la gestión de los casos.
Estos servicios deberán disponer de espacios específicos, accesibles y confidenciales, de acuerdo con el Plan de Humanización de la Conselleria de Sanidad.
Asimismo, se impulsará el uso de canales digitales corporativos accesibles y seguros y de una infraestructura tecnológica común que permita ofrecer una atención homogénea, favorecer la igualdad de acceso y contribuir a reducir la brecha digital.
El decreto prevé un sistema digital corporativo para gestionar las quejas, sugerencias y agradecimientos, conocer su estado de tramitación, controlar los tiempos de respuesta y elaborar informes mediante herramientas de análisis de datos. Esta información facilitará la evaluación de la actividad y la adopción de medidas para mejorar la atención prestada.
Entre las materias sobre las que estos servicios informarán y tramitarán solicitudes se encuentran la libre elección de profesional o centro sanitario, la segunda opinión médica, las voluntades anticipadas, la planificación anticipada de decisiones, los cuidados paliativos, la atención al final de la vida, la tarjeta sanitaria, el transporte sanitario, las asociaciones de pacientes y el acceso a los comités de bioética asistencial.
La estructura mínima de cada servicio estará integrada por profesionales de enfermería y personal administrativo, bajo la coordinación de una jefatura de enfermería. Todo el personal deberá participar en formación específica durante el primer año desde su incorporación, con especial atención a las competencias digitales y al manejo de herramientas tecnológicas.
Actualización del Comité de Bioética
El decreto modifica también determinados aspectos de la composición y el funcionamiento del Comité de Bioética de la Comunitat Valenciana para reforzar su capacidad de respuesta ante los conflictos éticos que puedan surgir durante la práctica asistencial.
Entre los cambios previstos figura la incorporación de cuatro vocalías de reconocido prestigio y formación acreditada en bioética, de las cuales al menos dos deberán pertenecer a alguno de los comités de bioética asistencial de los departamentos de salud. También se establece un mandato de tres años para las vocalías, renovable una sola vez, y se refuerzan las garantías de confidencialidad y protección de los datos personales.