Comunitat Valenciana

El Consell aprueba el decreto del registro y autorización de centros y servicios contra las adicciones

  • Imagen de la Conselleria de Sanitat, en València.
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VALÈNCIA (EP). El Consell ha aprobado este lunes el decreto que regula el registro y el procedimiento de autorización de los centros y servicios de atención y prevención de las adicciones que desarrollan su actividad en la Comunitat Valenciana.

El objeto del decreto es regular la clasificación, definición y requisitos que han de cumplir los centros dedicados a la atención y prevención de las drogodependencias y otros trastornos adictivos, según ha informado la Generalitat.

En este sentido, con la entrada en vigor del nuevo decreto se establece el nuevo régimen jurídico y procedimiento de autorización de los centros, así como el régimen jurídico del Registro de Centros y Servicios de Atención y Prevención de las Adicciones.

Esta normativa venía regulada hasta la fecha por el Decreto 132/2010, y con esta actualización se pretende adaptarla a la situación actual en cuanto a patrones de consumo y necesidades asistenciales y preventivas, así como incorporar las últimas recomendaciones científicas y de los organismos internacionales.

Una de las principales novedades que recoge la normativa es la incorporación de una serie de criterios mínimos exigibles en los distintos centros. De esta manera, en función del tipo de recurso se exigirá una dotación de plantilla determinada, al tiempo que el personal deberá cumplir determinados requisitos en cuanto a experiencia o cualificación profesional.

Por otra parte, establece los recursos físicos exigibles según el tipo de centro y las normas establecidas con el fin de asegurar la máxima calidad asistencial.

De hecho, el decreto incorpora una serie de requisitos generales que deben cumplir los centros para obtener la autorización y poder desarrollar su actividad, el estado de las instalaciones y condiciones higiénico-sanitarias, la seguridad, el espacio físico disponible y el equipamiento adecuado al número de usuarios que atienda, así como estar en posesión de la autorización de centro sanitario, en los casos que proceda, o contar con un reglamento de funcionamiento y régimen interno, entre otras cuestiones. Además, la normativa recoge los criterios específicos que han de cumplir en función del tipo de centro o servicio.

Por otra parte, el decreto determina también el régimen de sanciones y las actuaciones de inspección, al tiempo que establece la periodicidad de la autorización administrativa de un centro, que se otorga por un periodo de cuatro años con posibilidad de prórroga por el mismo periodo.

Cabe recordar que los centros de atención y prevención de las drogodependencias de la Comunitat Valenciana se clasifican en: Unidades de Conductas Adictivas, Centros Ambulatorios de Tratamiento de las Adicciones, Unidades de Desintoxicación Hospitalaria, Comunidades Terapéuticas, Centros de Día, Centros de Reducción de Daños, Viviendas de Apoyo al Tratamiento, Viviendas de Apoyo a la Incorporación Sociolaboral y Unidades de Valoración, Apoyo en Drogodependencias y Unidades de Prevención Comunitaria de las Adicciones.

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