VALÈNCIA (EP). El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en relación a varios artículos de la Ley de Concordia de la Comunitat Valenciana y ha suspendido algunos preceptos de la norma valenciana.
En concreto, el alto tribunal ha suspendido la vigencia y aplicación de varios artículos de la Ley 5/2024, de 26 de julio, de Concordia de la Comunitat Valenciana, desde la fecha de interposición del recurso (29 de abril) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
El presidente del Gobierno interpuso un recurso de inconstitucionalidad en relación con los artículos 1, apartado 3, por el que se da el mismo régimen de protección y reconocimiento a las víctimas de la Segunda República y del terrorismo que a las que hace referencia la Ley 20/2022 de Memoria Democrática.
Igualmente, recurrió el artículo 2, sobre los "derechos de las víctimas y sus familiares", donde "se reconocen y protegen los derechos a las víctimas que reconoce esta ley" y que menciona las actividades de indagación, localización, exhumación e identificación de las personas desaparecidas; la reparación y preservación de su memoria, "evitando cualquier intento de revanchismo o manipulación de nuestra historia que aliente el enfrentamiento entre españoles"; el acceso a los documentos en poder de las administraciones públicas valencianas para la investigación de los sucesos que rodearon los actos de violencia descritos; o la investigación de los hechos delictivos perseguibles realizados contra las víctimas del terrorismo que no hubieran sido resueltos.
Asimismo, se recurrió el artículo 3, sobre la Unidad Valenciana de la Concordia, con inciso en los apartados 1 y 5, que mencionan las obligaciones establecidas en el artículo segundo; y la disposición transitoria segunda, que indica que la tramitación de los procedimientos en materia de memoria democrática iniciados y no concluidos a la entrada en vigor de esta ley decaerán de manera automática, a excepción de los procesos de exhumación.
El recurso también se interpuso contra la disposición derogatoria única, que derogaba la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana, y toda su normativa de desarrollo; disolvía las comisiones, organismos e instituciones de carácter público autonómico que hubieran sido creadas a consecuencia de la citada ley y derogaba todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango cuyo contenido se oponga a lo dispuesto en esta ley.
El TC, tras haber invocado el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, ha suspendido la vigencia y aplicación de dichos preceptos desde la fecha de interposición del recurso (el pasado 29 de abril) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
En su recurso, el presidente del Gobierno alegaba que los artículos impugnados "podrían ser contrarios" a los artículos 10 y 15 de la Constitución, por el menoscabo a los derechos de las víctimas, y planteaba vulneración de competencias estatales establecidas en los artículos 149.1.1, 149.1.6 y 149.1.30 de la Constitución, así como del deber de colaboración.
El Consell "respeta" las decisiones judiciales pero defiende la constitucionalidad
La consellera de Justicia y Administración Pública, Nuria Martínez, ha afirmado que la Generalitat Valenciana respeta las decisiones judiciales, pero ha recalcado que "continuará defendiendo la constitucionalidad" de la ley. En un comunicado, la consellera ha señalado que "la suspensión automática de la ley no prejuzga la constitucionalidad" de los preceptos que se recurren y ha agregado que, según el 161.2 de la Constitución, la suspensión "se produce por la simple impugnación por parte del Gobierno".
"Esto no quiere decir que el recurso se vaya a estimar, ni que se haya decidido sobre el fondo del asunto. De hecho, ahora el Tribunal Constitucional puede ratificar la suspensión o levantarla", ha sostenido, al tiempo que ha insistido en que la Generalitat defiende que "no concurren los argumentos jurídicos esgrimidos que plantean la posibilidad de que pudiera existir una invasión de la competencia estatal".
La consellera ha indicado que el 26 de julio de 2024 se aprobó la Ley 5/2024 de la Generalitat de Concordia de la Comunitat Valenciana y, a finales de septiembre de ese mismo año, la Conselleria de Justicia recibió una invitación para el inicio del procedimiento del artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la creación de una comisión bilateral que finalmente se celebró el 2 abril de este año.
Martínez ha tildado la comisión de "un auténtico paripé y no dio margen para nada" y ha añadido que concluyó sin acuerdo que "superase las salvedades realizadas por el Gobierno" para evitar la interposición de un eventual recurso frente al citado texto normativo, pues el Consell defendía la constitucionalidad de la Ley de Concordia de la Comunitat Valenciana, "dada en el ejercicio de sus competencias y con pleno respeto y sujeción a la Constitución Española".
La Generalitat ha argumentado que el artículo 1.1 de la nueva Ley de Concordia de la Comunitat "amplía el alcance temporal y conceptual de la protección de la víctima, al reconocer como tales a todas las víctimas de la violencia social y política, así como a quienes han sido objeto de persecución ideológica y religiosa en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, durante el periodo histórico comprendido entre 1931 y hasta la actualidad".
"La Ley de Concordia es más integradora e inclusiva que la ley anterior. No hay rangos entre las víctimas", ha reiterado la consellera, quien ha señalado que, "con este alcance subjetivo, la Generalitat concilia bajo el reconocimiento explícito de víctimas a todas aquellas personas que lo han sido, con independencia de su adscripción ideológica, política, religiosa o social".
En la misma línea, ha defendido que "para el legislador autonómico no hay distinción entre víctimas". "La Generalitat confiere a todas ellas idéntico tratamiento bajo el principio de igualdad", ha remarcado. "El Gobierno de España no solo nos somete a una asfixia económica, sino también a una asfixia de nuestra autonomía legislativa. A nosotros nos recurren todo y con otras autonomías de las que son vasallos miran para otro lado. Esta actitud es de todo menos responsable: es desmedida y generadora de desigualdades", ha reprochado Martínez.
Vox acusa a PSOE y PP de asaltar las instituciones
Por otro lado, el líder de Vox, Santiago Abascal, ha acusado este martes al Gobierno y al PP de haber "asaltado" todas las instituciones y ha vinculado la decisión del Tribunal Constitucional al reparto de poder entre ambos partidos. Abascal ha culpado al PP de "dar un balón de oxígeno al socialismo" al "no ayudar a derogar" toda la legislación heredada de las legislaturas de José Luis Rodríguez Zapatero.
"El autócrata -Pedro Sánchez- pretende que su régimen de traición, su régimen contra la concordia entre los españoles y su régimen de calamidades sea perpetuo y que no se pueda derogar, que no se pueda reformar de ninguna manera", ha sostenido para, a renglón seguido, afirmar que Sánchez "utiliza todas las instituciones que ha asaltado con la ayuda del PP".
Morant dice que "hará frente" a "intentos de Mazón de vulnerar derechos humanos"
Por su parte, la ministra de Ciencia, Innovación y Universidades y también secretaria general del PSPV-PSOE, Diana Morant, ha asegurado que el Gobierno central y los socialistas valencianos harán frente "por todos los medios a cualquier intento de Mazón y su Consell de vulnerar los derechos humanos".
Morant ha sostenido que "ni blanquear el franquismo ni equiparar a víctimas con verdugos" y ha avanzado que el Ejecutivo central y el PSPV hará "frente por todos los medios a cualquier intento de Mazón y su Consell de vulnerar los derechos humanos" en un mensaje a través de la red social X,