Comunitat Valenciana

El DOGV publica el decreto que modifica la limitación de personal directivo en CACVSA

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VALÈNCIA (EFE). El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica este lunes el decreto del Consell del pasado 26 de noviembre de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat Valenciana, para su aplicación a la Corporación Audiovisual de la Comunitat Valenciana (CACVSA).

El 27 de junio de 2024 se publicó la Ley 2/2024, de la Generalitat, de la corporación audiovisual de la Comunitat Valenciana, que supuso la creación, dentro del sector público instrumental de la Generalitat Valenciana, de una nueva sociedad mercantil denominada Corporación Audiovisual de la Comunitat Valenciana, SA (CACVSA), señala el decreto.

No obstante, añade, el incremento del sector público instrumental de la Generalitat se ha visto compensado por la extinción de dos entidades previamente existentes.

Así, la disposición adicional primera de la Ley 2/2024 indica que se suprime la Corporación Valenciana de Medios de Comunicación y que la Corporación Audiovisual de la Comunitat Valenciana, SA, absorberá a la Sociedad Anónima de Medios de Comunicación de la Comunitat Valenciana conforme a lo previsto en la legislación mercantil y se subrogará en todos los bienes, derechos y obligaciones de esta.

La modificación del Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del Sector Público Instrumental de la Generalitat, regula, para una mayor seguridad jurídica, el régimen del personal que ocupa puestos de carácter directivo en los entes del sector público instrumental de la Generalitat.

La modificación normativa supondría añadir un tercer apartado al artículo 5 del mencionado decreto, relativo al número de personal directivo para el caso de que tuviera lugar un ente de nueva creación derivado de una absorción o extinción de otros entes del sector público instrumental.

Así se añade un apartado tercero que señala que "para el caso de los entes del sector público instrumental que tengan su origen en la absorción o extinción de otros entes del sector público instrumental, el número máximo de personal directivo en el ente de nueva creación será el resultante de sumar el número máximo de personal directivo que le corresponda a cada uno de los entes del sector público instrumental absorbidos o extintos una vez computada la disposición de un puesto directivo de carácter adicional de acuerdo con el párrafo anterior".

Igualmente, para estos casos, el Consell podrá, excepcionalmente, siempre y cuando lo considere justificado la conselleria de adscripción o dependencia por razón de la materia y en atención a la complejidad del servicio objeto de gestión o volumen económico o de personal, autorizar hasta dos puestos directivos de carácter adicional.

El decreto contempla esta disposición transitoria única de aplicación a la Corporación Audiovisual de la Comunitat Valenciana (CACVSA) que entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGV. 

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