Comunitat Valenciana

La Audiencia avala a la jueza de la Dana y rechaza de nuevo imputar a la delegada del Gobierno tras su declaración

También deniega la imputación del presidente de la CHJ, Miguel Polo, sin tener en cuenta aún su testifical

  • Pilar Bernabé y Miguel Polo en una imagen de archivo.
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VALÈNCIA. La Audiencia Provincial de Valencia ha vuelto a rechazar la declaración como investigados de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, y del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, en la causa que investiga la gestión de la Dana. La sección segunda de la Audiencia ha avalado la decisión de la jueza instructora de mantenerlos como testigos. En el caso de Bernabé, lo hace tras haber atendido a su declaración testifical, prestada el pasado mes de abril.

Una de las acusaciones populares, Vox, había recurrido el auto de la jueza que rechazaba la imputación de la delegada del Gobierno el pasado 5 mayo. Así, los magistrados de la Audiencia insisten en los argumentos ya esgrimidos previamente porque, señala el auto, los ercurrentes “no desvirtúan los razonamientos expuestos en dicha resolución” y las razones que según éstos justificarían la imputación de la delegada “ya han sido motivadamente rechazadas, sin que de su declaración testifical se deriven datos o elementos aptos para alterar esa conclusión”.

Tras la declaración testifical de Bernabé ante la jueza de la Dana, una acusación particular solicitó su imputación al considerar que era "plenamente conocedora de la concurrencia de todas las alteraciones graves de la normalidad facultativa para instar al Ministerio del Interior la declaración de emergencia de interés nacional en muchas comarcas y localidades".

La jueza, por su parte, consideró que esto no era motivo para investigar a Bernabé porque el estado de emergencia nacional "ni se declaró estatalmente, ni se propuso" por la Generalitat: "Existió consenso a nivel autonómico y central en que no procedía la declaración de emergencia nacional, ni el día 29 de octubre, ni en los posteriores". Además de que "la declaración de emergencia nacional no era precisa para alertar a la población y que se adoptaran medidas de autoprotección".

  • La delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé. -

El recurso de Vox abundaba en que la delegada sí tenía una posición de garante, que por tanto, le incumbía el deber de evitar el resultado, y que "no impulsó medidas excepcionales más allá de reuniones y llamadas informativas, a pesar de que, como indicó, era consciente de que la situación era gravísima antes de las 12:00 horas de la mañana".

Así pues, la Audiencia Provincial vuelve a su auto del pasado 19 de mayo donde ya rechazaba la investigación de Bernabé porque, señala ahora, los argumentos de Vox son "esencialmente coincidentes". Los razonamientos que ya expuso la Audiencia es que es el Consell el que tiene las competencias en materia de protección civil y es el conseller de Emergencias el competente en "ejercer el Mando Único de la emergencia dirigiendo los planes de protección civil". "Desde esta perspectiva argumentativa, difícilmente puede decirse que la delegada del gobierno tenga una posición de garante que posibilite la comisión por omisión de los delitos que le atribuye".

Miguel Polo

Por otro lado, la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación de la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud a un auto de la jueza, del pasado 10 de marzo, donde denegaba la declaración como querellados del presidente de la CHJ, Miguel Polo, así como de altos cargos de la Generalitat Valenciana como el director general de Emergencias, Alberto Javier Moratín, el subdirector, Jorge Suárez, y la jefa de servicio, Inmaculada Piles.

El tribunal señala en la resolución sobre los tres primeros querellados: "En estos momentos y con los datos conocidos no cabe atribuir a los antes mencionados, una omisión concreta que integre la condición de factor causal eficiente en los hechos investigados". Sobre Polo, argumenta la sala que “nada se añade a la pretensión ya denegada” en un recurso de apelación anterior que confirmó la inadmisión de una querella contra él.

En esa resolución la Audiencia ya determinó que era necesario “imputar un hecho a persona o personas determinadas, no bastando declarar una imputación en abstracto por un determinado fallo de protocolo a todos los componentes de una entidad administrativa o de gobierno”. Esta decisión se toma, por tanto, sin tener en cuenta la declaración de la propio Polo, prestada el pasado viernes en el juzgado de Catarroja.

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