VALÈNCIA (EP). La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha convocado por valor de 500.000 euros las ayudas indemnizatorias para la erradicación y el control de la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa en el ámbito de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2025.
Para poder atender el mayor número posible de solicitudes, los importes anteriores se podrán incrementar en una cuantía adicional máxima que se fija en la cantidad de un millón de euros, sin necesidad de una nueva convocatoria.
Se trata de ayudas compensatorias del valor de mercado de las plantas destruidas en cumplimiento de las medidas fitosanitarias impuestas en el marco de la lucha contra esta grave enfermedad de cuarentena, detalla la Generalitat.
Podrán beneficiarse los propietarios de parcelas o los proveedores de material vegetal que se hayan visto afectados por la adopción de las medidas de carácter fitosanitario obligatorias para la lucha contra Xylella, acordadas mediante la resolución de la dirección general competente en materia de sanidad vegetal.
Los agricultores que presentaron solicitud en 2024 y no obtuvieron resolución, este año no tendrán que volver a presentar solicitud, si no hay cambios, y podrán recibir la ayudas.
Además, se consideran indemnizables los gastos por el arranque y la destrucción del material vegetal afectado por la adopción de las medidas obligatorias de lucha contra Xylella fastidiosa.
La cuantía máxima subvencionable por el gasto de arranque y destrucción será de hasta 5.000 euros por hectárea, siempre y cuando se haya llevado a cabo directamente por el propietario la parcela, o a su cargo, y se justifique su pago.
Las ayudas se concederán mediante el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva y se financiarán con cargo a la partida presupuestaria por un importe global máximo de 500.000 euros.
En el supuesto de haber presentado la solicitud para ser beneficiario de estas ayudas en el ejercicio 2024, sin obtener resolución y siempre que no se consignen parcelas diferentes a las del ejercicio anterior, no será necesaria la presentación de la solicitud en 2025.
Esta resolución de la dirección general de Producción Agrícola se puede consultar en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV). El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, desde el día siguiente al de la publicación del extracto.